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La Procuraduría General de la Nación revocó la sanción disciplinaria impuesta a Andrés Hurtado, exalcalde de Ibagué, quien había sido destituido y sancionado con una inhabilidad de 12 años para ocupar cargos públicos. Esta decisión se da luego de que en enero de 2026, la misma entidad dictara el fallo en su contra, generando incertidumbre sobre el futuro político de Hurtado y su posible participación en elecciones regionales. El más reciente documento, correspondiente a la segunda instancia, decidió dejar sin efecto tanto la destitución como la inhabilidad, alterando de manera significativa el entorno político de Hurtado y devolviéndole la posibilidad de pensar en un escenario electoral para los comicios de 2027, de acuerdo con la información publicada.
La sanción inicial surgió a raíz de hechos ocurridos el 15 de septiembre de 2023, mientras Hurtado todavía ejercía como alcalde de Ibagué. Durante ese periodo, la ciudad se encontraba inmersa en el proceso electoral para la elección del nuevo alcalde. Según la Procuraduría, el expediente disciplinario se originó tras un encuentro que mantuvo Hurtado con representantes de comunidades cristianas. Estos hechos adquirieron relevancia porque la Procuraduría consideró que dicho espacio favorecía la campaña de Johana Aranda. Cabe mencionar que Aranda fue la candidata que, posteriormente, resultó electa y que actualmente ocupa el cargo de alcaldesa de Ibagué.
La unidad de control disciplinario en primera instancia concluyó que Hurtado habría cometido una grave falta al incurrir en lo que calificó como "participación indebida en política". Este término hace referencia a la intervención o apoyo directo por parte de servidores públicos en actividades proselitistas, conducta prohibida por la normativa colombiana. La sanción fue catalogada como una falta gravísima cometida de manera dolosa, es decir, con intención. Con base en esta conclusión, el 21 de enero de 2026 se le impuso la destitución y la inhabilidad por 12 años para desempeñar funciones públicas.
Sin embargo, Hurtado apeló esta decisión y la Procuraduría, en segunda instancia, falló a su favor revocando la sanción y retirando todas las consecuencias disciplinarias previamente impuestas. Así, el exalcalde queda nuevamente habilitado para aspirar a cargos de elección popular, incluyendo la posible candidatura a la Gobernación del Tolima, proyecto político que había anunciado incluso tras la sanción de primera instancia.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué la Procuraduría revocó la destitución de Andrés Hurtado?
La Procuraduría General de la Nación decidió revocar la destitución y la inhabilidad de 12 años a Andrés Hurtado tras la apelación presentada por la defensa. En la segunda instancia, la entidad determinó dejar sin efecto el fallo del 21 de enero de 2026, considerando que no se cumplían los criterios para mantener la sanción disciplinaria, aunque el texto no detalla los argumentos exactos de la revocatoria.
¿Qué es la participación indebida en política según la normativa colombiana?
La participación indebida en política, según la legislación colombiana, implica que los servidores públicos intervengan o influyan en procesos electorales favoreciendo a determinados candidatos o campañas, lo cual está expresamente prohibido. Este tipo de conducta fue la base del proceso disciplinario que enfrentó Andrés Hurtado, aunque posteriormente la Procuraduría consideró insubsistentes las razones para sancionarlo.
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