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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció la puesta en marcha de las sanciones dictadas contra integrantes del antiguo secretariado de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Farc, dentro del macrocaso 01. Este macrocaso se dedica a indagar sobre secuestros, privaciones de la libertad y otros delitos cometidos por esa guerrilla en el contexto del conflicto armado. Entre las medidas adoptadas por la JEP se encuentran la prohibición para salir del país y la obligación de portar dispositivos electrónicos de vigilancia durante el periodo de sanción, buscando un estricto control sobre el cumplimiento del castigo impuesto.
Las decisiones impactan directamente a Rodrigo Londoño Echeverri, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. De acuerdo con la JEP, estos excomandantes de las Farc fueron hallados responsables de distintas conductas graves dentro del conflicto armado como privaciones masivas de la libertad, homicidios, torturas, desapariciones forzadas, violencia sexual y desplazamiento obligado de comunidades. Por cada tipo de responsabilidad y participación, el tribunal estableció sanciones diferenciadas: Rodrigo Londoño y Pablo Catatumbo deberán cumplir ocho años; Jaime Alberto Parra, siete años, diez meses y dos días; Milton de Jesús Toncel, siete años, ocho meses y 25 días; Pastor Alape, seis años, 11 meses y 22 días; Julián Gallo, seis años; y Rodrigo Granda, cinco años.
Dentro de las responsabilidades, se incluyó para varios sancionados la participación en labores humanitarias como la intervención en el cementerio San Antonio de Padua en Pitalito, Huila, entre el 21 y el 30 de septiembre, junto a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas. A cada compareciente se le asignó también una residencia específica dentro de un municipio o área urbana, con la obligación de notificar cualquier intento de cambio a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SeRVR).
El documento divulgado señala que los exintegrantes del secretariado deberán cumplir jornadas completas dedicadas a Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador (Toar), de lunes a viernes, entre las ocho de la mañana y las cinco de la tarde. Sus movimientos estarán circunscritos al departamento asignado, con excepción del tránsito al interior del espacio detallado fuera del horario laboral. Además, la prohibición de salir de Colombia solo cederá ante autorizaciones especiales de la SeRVR y la vigilancia electrónica será obligatoria y constante. El adecuado uso de los dispositivos es requisito indispensable, bajo la advertencia de reportar cualquier anomalía técnica de manera inmediata.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Cuáles son las sanciones impuestas por la JEP a los excomandantes de las Farc?
Las sanciones incluyen la prohibición de salida del país, restricción de movimientos fuera del departamento sede, asignación de residencia fija, obligación de portar dispositivos electrónicos de vigilancia, cumplimiento de jornadas laborales restaurativas de lunes a viernes y participación en labores humanitarias específicas, además de sanciones diferenciadas por tiempo según la responsabilidad individual de cada excomandante.
¿Qué significan las siglas JEP y Toar en el contexto del proceso de paz?
JEP corresponde a la Jurisdicción Especial para la Paz, el tribunal que investiga y sanciona crímenes graves del conflicto armado en Colombia. Toar hace referencia a los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador, que son actividades orientadas a la restauración y reparación de las víctimas, como parte de la sanción alternativa para quienes reconocen su responsabilidad ante la justicia transicional.
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