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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 4, 2026 - 11:01 am
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Las víctimas de eventos catastróficos en Colombia, como el reciente sismo del 10 de agosto, cuentan con mecanismos específicos de apoyo y reconocimiento por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). Según la información divulgada por esta entidad, se han habilitado procedimientos tanto para familiares de personas fallecidas como para aquellas que hayan resultado con incapacidad permanente debido a estos fenómenos naturales.

Entre los reconocimientos disponibles se encuentra el pago de indemnizaciones y cobertura de gastos funerarios, destinados a las familias de quienes perdieron la vida. Para los sobrevivientes que, a causa del evento, sufren una incapacidad permanente, también existe la posibilidad de recibir prestaciones formales. Para acceder a cualquiera de estos pagos, los afectados o sus familiares deben demostrar que el deceso o la incapacidad tiene una relación directa con el desastre, presentando certificaciones otorgadas por autoridades de gestión del riesgo, conforme lo exige la normatividad vigente. ADRES aclara que la gestión e identificación de damnificados depende de instancias locales o regionales.

Además de los pagos por fallecimiento o incapacidad, la ADRES asume los costos correspondientes a la atención médica de emergencia, incluidas consultas de urgencia, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, rehabilitación y traslados. Estas solicitudes no las hacen directamente los ciudadanos, sino las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), que posteriormente presentan el recobro ante la entidad, la cual revisa cada caso desde una perspectiva médica, jurídica y financiera.

Es importante subrayar, tal como enfatiza la ADRES, que estos reconocimientos económicos no contemplan reparaciones, indemnizaciones ni apoyos por daños materiales en viviendas u otras infraestructuras físicas. Así mismo, el proceso de reclamación exige diligencia: los beneficiarios deben registrar cada caso a través de la página oficial de la ADRES, accediendo a la sección de ‘Servicios a la ciudadanía’ y cumpliendo con los pasos establecidos para cada situación. El trámite puede tomar desde algunas semanas hasta 18 meses, por lo que se recomienda hacer seguimiento detallado y evitar entregar documentos originales a terceros o intermediarios.

Para resolver dudas y recibir orientación, los interesados pueden acudir a los canales telefónicos y virtuales oficiales de la ADRES, así como consultar los horarios y medios de atención habilitados por la entidad.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Qué requisitos exige ADRES para acceder a indemnizaciones por sismos en Colombia?

ADRES exige que los afectados o familiares acrediten que el fallecimiento o la incapacidad permanente está vinculada directamente al evento catastrófico, presentando una certificación expedida por las autoridades de gestión del riesgo. Además, es necesario registrar el caso y seguir el proceso específico establecido en la página oficial de la entidad.

¿Los pagos por indemnización de la ADRES cubren daños a viviendas o solo a personas?

De acuerdo con la información oficial de ADRES, los pagos solo cubren indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad permanente, así como los gastos médicos derivados del evento. No incluyen daños materiales a viviendas ni a otras infraestructuras físicas.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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