La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes continúa sesionando sobre la reforma a la salud, encuentros en los que ya han sido aprobados más de 50 artículos del proyecto de ley, muchos de ellos bastante controvertidos por diferentes sectores políticos. 

(Vea también: EPS no dejaron llegar al ministro de Salud y ya le entregaron sus propuestas a la reforma)

Por ejemplo, el 49 es uno de los que más causa resquemor, pues indica que las EPS deben someterse a un proceso de transformación en su modelo, lo que implica que en un plazo de dos años cumplan con las condiciones de permanencia y se conviertan en Gestoras de Salud y Vida. 

Cambios para las EPS que tendrá la reforma a la salud 

Ese cambio asusta a estas entidades pues hay quienes dicen que sería entrar en un proyecto de liquidación, aunque en la reforma se establece que no será así y que será un cambio a un proceso de disolución. 

“Los activos, pasivos, patrimonio, pasarán en bloque a la Entidad Gestora de Salud y Vida con subrogación de todos los deberes, derechos y obligaciones, en los términos en que lo reglamente el Gobierno Nacional”, dice el apartado del proyecto.

De acuerdo con La República, en caso de que la reforma se convierta en ley, será la Superintendencia Nacional de Salud la que autorizará, a través de acto administrativo, el funcionamiento de las EPS que, a través de su transformación, estén interesadas en gestionar los servicios de mediana y alta complejidad. 

Lee También

Según el artículo 50 de la reforma, las Gestoras de Salud y Vida serán entidades de naturaleza privada, pública o mixta, que contribuirán a la gestión integral del riesgo en el territorio de salud asignado y tendrán varias funciones administrativas  que deben cumplir para no desaparecer.