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Escrito por:  Sebastian Alfonso
Redactor     Jul 24, 2024 - 8:28 pm

Un proyecto de ley radicado por la congresista Alexandra Vásquez busca que las personas que posean perros o gatos puedan recibir unos días de permiso en caso de que sus mascotas fallezcan.

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La iniciativa, que ya fue radicada en el Congreso de la República, busca crear una licencia remunerada por la muerte de animales domésticos. Dicho proyecto define al animal de compañía como aquel que no pertenece a la fauna silvestre y que hace parte del núcleo familiar del ser humano. 

La autora de la propuesta, la representante a la Cámara Alexandra Vásquez, explicó que se busca crear una licencia por luto, entendiéndose como una “licencia remunerada por el fallecimiento del animal de compañía, la cual conste de 3 días hábiles”. 

¿Licencia por luto aplicaría para todos los trabajadores?

La iniciativa legislativa modificaría el Código Sustantivo del Trabajo, ya que adiciona al artículo 57 el numeral 13, el cual establece como obligación especial del empleador “conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su animal de compañía doméstico una licencia remunerada por luto de tres días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral”. 

En el mismo sentido, agrega que “la licencia le será reconocida al trabajador siempre y cuando este demuestre el hecho mediante prueba que corrobore la muerte del animal”.

El proyecto, que debe superar cuatro debates para ser aprobado, también indica que el empleador establecerá las condiciones de esta licencia en el reglamento interno del trabajo, que, en todo caso, no podrá ser reconocida más de dos veces por año.

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Vásquez también aclaró que será obligación del trabajador “comunicar oportunamente al empleador la existencia en su núcleo familiar de animal de compañía doméstico”.

Actualmente, en Colombia solo existen licencias remuneradas para maternidad y por luto en caso de fallecimiento del cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil. 

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