En ese sentido, el Distrito expuso que el confinamiento comienza a las 00:00 de este martes y se acaba el 17 de enero a las 23:59. Solo hasta el 18 se podrá salir libremente.

La Alcaldía, que recientemente coordinó con el Gobierno Nacional las medidasexpuso que la restricción de la movilidad y de actividades tendrá lugar entre las 8:00 de la noche y las 5:00 de la mañana durante todos los días que dure el confinamiento.

Lee También

¿Cómo harán los bogotanos para comprar el mercado?

Solo podrá salir una persona por núcleo familiar para hacer las compras. Además, el abastecimiento de alimentos y demás insumos solo se podrá hacer entre las 5:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.

Tenga en cuenta que el pico y cédula se mantiene en Bogotá. Así pues, las personas cuyos documentos terminen en dígitos impares no podrán hacer compras los días impares; las personas de cédulas pares deberán acatar la misma restricción durante las fechas pares. 

Eso sí, los domicilios de restaurantes estarán permitidos. Lo mismo aplica para quienes comercien productos de uso básico. Estos se podrán hacer desde las 5:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche. 

¿Qué locales podrán abrir durante la cuarentena de Suba, Engativá y Usaquén?

Estará cerrado el comercio que no es esencial. Podrán atender los negocios de:

  • Abastecimiento
  • Farmacias
  • Artículos de primera necesidad

¿Se podrá comprar licor en cuarentena?

Se prohibirá la venta de bebidas embriagantes durante el punte festivo de Reyes.

De hecho, fue uno de los acuerdos que se logró durante la reunión de la Alcaldía con el Gobierno Nacional.

Además, los que lleguen de paseo de fiestas de fin y de inicio de año podrán llegar a su localidad sin restricción. 

Si usted se tiene que trastear, podrá hacerlo, pero solo si es un caso de fuerza mayor.

¿Se podrá hacer ejercicio en la cuarentena?

La Alcaldía señaló que la actividad física está permitida, pero por un periodo máximo de una hora. 

Los menores de edad que quieran hacer actividad física pueden salir, pero deberán estar acompañados por un adulto.

¿Quiénes podrán salir?

  • Personas que trabajan en los servicios de salud.
  • Funcionarios vinculados a servicios esenciales.
  • Trabajadores que velen por el orden público y guardas de seguridad.
  • Las personas que deban atender asuntos de fuerza mayor (deben contar con una acreditación en caso de que las autoridades la requieran).
  • Quienes se dediquen a cuidar de adultos mayores o de personas dependientes.