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La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia decidió en la mañana del lunes 23 de febrero llamar a juicio a Yénica Acosta, quien ejerce como representante a la Cámara por el partido Centro Democrático. Según lo informado en las investigaciones recogidas por El Espectador, la Corte Suprema adelanta desde mayo de 2024 un proceso contra la congresista por su presunta implicación en el delito de peculado por apropiación, en el marco de una supuesta contratación irregular dentro de su equipo legislativo.
El eje de la investigación se encuentra en la contratación en la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Acosta. La denuncia original, que desembocó en la apertura del caso, especifica que se habría vinculado a una persona que, durante diez meses, cobró honorarios sin cumplir con las obligaciones laborales correspondientes o siquiera desempeñar funciones en el Congreso de la República. Datos señalados por la Corte Suprema y recogidos en el medio citado indican que el periodo en cuestión va del 8 de septiembre de 2021 al 28 de junio de 2022.
Las pesquisas del alto tribunal apuntan a que la persona involucrada habría salido del país en tres ocasiones, pese a que su contrato exigía una presencia y disponibilidad incompatible con tales viajes. Lo más revelador, tal y como indica el proceso, es que la presunta beneficiaria irregular del contrato, llamada Otilia Rodríguez, habría completado el acto formal de posesión no desde Colombia sino desde Canadá, donde se encontraba al momento de integrarse a la planta de la UTL.
La normatividad vigente ofrece flexibilidad para que los funcionarios de las UTL puedan realizar tareas en los departamentos, con el objetivo de reforzar la presencia territorial de los congresistas. Sin embargo, no se contempla la posibilidad de que estas responsabilidades se cumplan desde el extranjero, menos aún que se perciban salarios sin la correspondiente prestación del servicio, punto clave que la Corte busca corroborar o desechar a través del juicio contra Acosta.
En el desarrollo de este expediente surgió también el nombre de David Racero, senador del Pacto Histórico. En un principio, la denuncia adujo que Racero habría tenido conocimiento o incluso encubierto los hechos irregulares relatados. Sin embargo, el alto tribunal verificó la presunta relación y, al no hallar fundamentos sólidos, lo desligó formalmente del caso. De hecho, apenas una semana antes del llamado a juicio de Acosta, el Consejo de Estado desestimó también una solicitud de pérdida de investidura o muerte política contra Racero, tras denuncias de presuntos abusos en su propio equipo de trabajo, como pedidos indebidos de dinero a funcionarios de su UTL.
Con relación a este último caso, el Consejo de Estado argumentó que las pruebas recabadas no demostraron que Racero hubiera asignado tareas impropias o exigencias particulares a Jhon Leonardo García, servidor público bajo su supervisión directa.
¿Qué implica el delito de peculado por apropiación?
Entre las preguntas más recurrentes se encuentra el significado del delito por el que se investiga a Yénica Acosta. El peculado por apropiación constituye una conducta en la que un funcionario público se apropia para sí mismo o para otra persona de bienes o recursos públicos puestos bajo su administración. La gravedad de este delito radica en que afecta directamente al erario y a la confianza ciudadana en las instituciones. De acuerdo a la información reportada por El Espectador y los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia, es fundamental conocer los alcances de este tipo de acciones no solo por sus consecuencias legales sino porque su esclarecimiento contribuye a la transparencia en el servicio público colombiano. ¿Hasta dónde puede llegar la responsabilidad de los congresistas en las acciones de su Unidad de Trabajo Legislativo?
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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