Con ponencia del magistrado Ariel Augusto Torres, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador del Huila (2001-2003), Juan de Jesús Cárdenas Chávez, de los cargos que le fueron formulados por presunta corrupción en contratación.

Así las cosas, Cárdenas Chávez fue absuelto como autor de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

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De acuerdo con la Sala de Primera Instancia, el exgobernador fue juzgado por la suscripción de cuatro contratos y en los que, según la acusación, supuestamente se vulneraron los principios de economía, planeación, transparencia y selección objetiva.

Además, carecían de estudios previos y de prefactibilidad, así como de actas de evaluación de las propuestas y de las resoluciones de adjudicación.

“En la acusación también se señaló que el exgobernador Cárdenas Chávez delegó en el Secretario General y el de Vías e Infraestructura, el trámite y la celebración de 30 contratos con irregularidades, omitiendo presuntamente su deber ejercer control sobre las funciones delegadas”, dijo la Corte Suprema.

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Finalmente, la Sala de Primera instancia concluyó en la providencia de primera instancia que, en ambos casos, tanto en los contratos que el entonces Gobernador suscribió como en los que delegó, la Fiscalía no demostró la responsabilidad de Juan de Jesús Cárdenas Chávez.

“No hay pruebas que acrediten que el indagado omitió los deberes de control y vigilancia en la fase precontractual”, suscribió la Corte Suprema. 

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Durante la decisión hubo una aclaración de voto de uno de los magistrados ya que para él el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales no es de resulto sino de “mera actividad”.