La Corte notificó a la togada de una actuación administrativa que se abrió en su contra para definir si ella infringió la norma por posesionarse cuando aún era una mayor activo del Ejército, lo que estaría prohibido en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, según Caracol Radio.

El alto tribunal apela al artículo 5 de la ley 1990 de 1995, dice la emisora, que sanciona con la revocatoria del cargo a quien haya sido nombrado y posesionado sin cumplir los requisitos. Asimismo, inhabilita al acusado si se descubre que ocultó información.

De igual manera, la Corte Suprema señala, de acuerdo con el medio, la ley 648 de 2017 que permite a la “autoridad nominadora” “revocar en un cargo, cuando recaiga en una persona que no reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo”.

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El caso de Lombana, apodada por Daniel Coronell como ‘Calladita’ por omitir en su hoja de vida que había trabajado con un abogado de Álvaro Uribe Vélez, luego de que se le asignara el pleito jurídico que el expresidente tiene por falsos testigos, será estudiado por el magistrado Eugenio Fernández, informó la cadena radial.

La aun magistrada quiso evitar esta situación, y el 13 de junio solicitó salir del Ejército para continuar con sus labores jurídicas como civil. No obstante, de acuerdo con la periodista Darcy Quinn, sus colegas consideraron que “pedir la baja no subsana la falta”.