El Tribunal Administrativo de Antioquia condenó al Ejército Nacional a pagar una millonaria suma como indemnización por el falso positivo ocurrido en 2005 en Apartadó.

Los hechos ocurrieron en la vereda ‘La Cristalina’ del corregimiento de San José de Apartadó, Antioquia, y fueron perpetrados por integrantes del Batallón de Infantería 46 de la Brigada 17 del Ejército. Por esta ejecución extrajudicial, el Tribunal Administrativo del Quindío condenó a la Nación.

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La demanda, que fue presentada por los familiares, asegura que las víctimas fueron ejecutadas y que sus cadáveres fueron trasladados hacia la plaza de armas de la Brigada, ubicada en Carepa, Antioquia, vestidos con prendas militares, allí fue donde se le realizó su respectivo levantamiento.

“Por sí sola la tropa tenía una amplia ventaja frente al grupo de fallecidos y, por tanto, toma más fuerza la versión de que los miembros del Ejército hicieron uso excesivo de su fuerza”, aseguran ellos.

Las víctimas fueron: Uberlina del Socorro Delgado, de 25 años y madre de dos hijos; Jhon Graciano de 17 años; Blanca Jiménez de 17 años y embarazada, su pareja Jorge Jiménez, también de 17 años; así como Jhoneifer Giraldo Elisenia Vargas.

Los seis fueron presentados por el Ejército  falsamente como guerrilleros del frente 58 de las Farc abatidos en combate.

Respuesta del Tribunal

El Tribunal señaló que no se trató de un combate, como alegó el Ministerio de Defensa; en cambio, se encontraron múltiples inconsistencias en los testimonios rendidos por los uniformados involucrados sobre la duración del mismo, si hubo uno o dos choques armados y sobre la cantidad de munición que fue usada.

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Igualmente, indicó que si bien una de las víctimas tenía una orden de captura vigente, “esto no era razón suficiente para que los ultimaran en estado de indefensión”.

En este caso se investigará por la justicia penal si los militares llevaban como guía a Ovidio de Jesús Cardona Borja, desmovilizado de las Farc, a cambio de 24 millones de pesos, y quien habría entregado a sus excompañeros.

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El Tribunal además cuestionó que los cuerpos hayan sido movidos del lugar de los hechos ya que “su descuidada manipulación y la falta de cuidado para ser transportados, hicieron imposible no sólo analizar si la trayectoria de los disparos concordaba con los orificios de entrada eventualmente visibles en la vestimenta, sino, además, si los occisos se encontraban en estado de alicoramiento, como lo afirmaron los demandantes y miembros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó”.