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El Consejo Nacional Electoral (CNE) se prepara para decidir sobre el futuro de la personería jurídica de La Fuerza, el partido político encabezado por Roy Barreras. Este tema será discutido tras la ponencia presentada por el magistrado Álvaro Echeverry Londoño, quien propuso mantener la personería, a pesar de que esa colectividad no superó el umbral del tres por ciento de los votos necesarios en el Senado, como exige el artículo 108 de la Constitución Política. Aunque no cumplió ese requisito a nivel nacional, La Fuerza consiguió 121.987 sufragios en Sucre, lo que le permitió asegurar una curul en la Cámara de Representantes, actualmente ocupada por Alejandro de la Ossa Lacayo.
El partido, mediante su representante legal Ricardo Castro Iragorri, presentó argumentos ante el CNE solicitando una interpretación flexible de la Constitución. En su petición señala la importancia de reconocer a La Fuerza como “minoría política” y proteger los derechos de sus electores, apelando así a una visión menos estricta del umbral legal.
La ponencia que sustenta dicho pedido resalta que no conviene aplicar la regla del umbral de manera estricta o automática, especialmente cuando se puede demostrar representatividad democrática efectiva y condiciones institucionales diferentes a las de partidos consolidados. Según este proyecto, La Fuerza nació con personería jurídica en 2022 luego de una escisión, es decir, separación, de una colectividad política, por lo que demanda un análisis distinto sobre la formación y consolidación de su grupo electoral.
Para reforzar su posición, la ponencia cita antecedentes de la Corte Constitucional —como la Sentencia SU-316 de 2021— y del propio Consejo de Estado. El documento argumenta que, evidenciando la presencia de La Fuerza en el Congreso mediante una curul lograda en Sucre, existe una representación parlamentaria efectiva. De este modo, aboga por un juicio de proporcionalidad que busque salvaguardar el pluralismo político, evitando extinguir la personería jurídica a través de una lectura estricta de la norma.
Cabe recordar que en septiembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral negó la escisión de un nuevo partido solicitada por la representante Gloria Arizabaleta, quien pretendía crear la colectividad Juntos. El CNE determinó que ello no era posible porque Fuerza de la Paz —nombre anterior del partido— ya había nacido de una escisión previa de Alianza Democrática Amplia (ADA). En 2022, Roy Barreras y Arizabaleta, previamente respaldados por ADA, impulsaron la fundación de Fuerza de la Paz a través de ese proceso de separación.
¿Por qué es relevante la decisión del CNE sobre la personería jurídica de La Fuerza?
La decisión del Consejo Nacional Electoral puede sentar un precedente para el futuro de partidos políticos que, aunque no alcancen el umbral nacional, logren representación significativa en regiones. Esto impacta el pluralismo político y los derechos de las minorías, aspectos que están en el centro del debate, de acuerdo con las ponencias y argumentos presentados ante el CNE.
¿Qué significa el umbral del tres por ciento exigido para los partidos políticos en Colombia?
El umbral del tres por ciento es el porcentaje mínimo de votos que debe obtener un partido en las elecciones al Senado para conservar su personería jurídica, según el artículo 108 de la Constitución Política. Este requisito busca garantizar que los partidos que accedan a beneficios y representación tengan respaldo suficiente a nivel nacional.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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