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El Consejo Nacional Electoral (CNE) está próximo a determinar el futuro de la personería jurídica de La Fuerza, el partido dirigido por Roy Barreras, en una decisión crucial cuyo trasfondo ha marcado las recientes discusiones políticas en Colombia. De acuerdo con la Constitución Política, específicamente el artículo 108, los partidos políticos deben lograr al menos el 3 % de la votación nacional en Senado para conservar este estatus. Sin embargo, según la ponencia presentada por el magistrado Álvaro Echeverry Londoño, a pesar de que La Fuerza no alcanzó ese umbral, la colectividad logró 121.987 votos en la circunscripción de Sucre, lo que permitió que Alejandro de la Ossa Lacayo obtuviera una curul en la Cámara de Representantes.
Esta ponencia será examinada en la sala plena del CNE, programada para el 16 de agosto. La colectividad, a través de su representante legal Ricardo Castro Iragorri, ha solicitado que se mantenga la personería jurídica, argumentando la importancia de interpretar de manera flexible y armoniosa la Constitución. Además, resaltan la relevancia del reconocimiento como “minoría política” y la necesidad de garantizar los derechos de sus electores. La base central de la discusión radica en que la exigencia del umbral no debería aplicarse automáticamente cuando existen hechos claros de representación democrática y un origen institucional diferente que distingue a La Fuerza de otros partidos tradicionales.
La ponencia subraya que la personería jurídica de La Fuerza proviene de una escisión reciente, tras ser promovida por Roy Barreras y Gloria Arizabaleta en 2022, quienes previamente habían sido avalados por Alianza Democrática Amplia (ADA). Este detalle, según el magistrado, amerita evaluar con mayor detenimiento las condiciones en las que el partido busca consolidarse. La decisión también se apoya en precedentes jurídicos de la Corte Constitucional, como la Sentencia SU-316 de 2021, y fallos del Consejo de Estado. Estos antecedentes respaldan que la representación lograda en la Cámara de Representantes demuestra una existencia parlamentaria real, lo que justificaría valorar de manera proporcional la preservación de la personería jurídica y así fortalecer el pluralismo político y democrático.
En otra determinación de septiembre de 2025, el CNE negó una escisión adicional solicitada por Gloria Arizabaleta, quien pretendía formar el partido Juntos a partir de Fuerza de la Paz (nombre anterior de La Fuerza), argumentando que no era viable ya que este ya había nacido de una división previa. Esta compleja historia política y jurídica revela los desafíos de las colectividades más nuevas para consolidar su espacio en el Congreso.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué el CNE podría mantener la personería jurídica de La Fuerza a pesar de no lograr el umbral en Senado?
El CNE examina si la representación significativa de La Fuerza en la Cámara de Representantes —gracias a la curul obtenida en Sucre— podría ser suficiente para conservar la personería jurídica, basándose en interpretaciones flexibles de la Constitución y en precedentes judiciales que priorizan la protección del pluralismo y los derechos de las minorías políticas.
¿Qué significa una escisión en la política colombiana y cómo afectó a La Fuerza?
En política, “escisión” implica la separación de un grupo dentro de un partido para formar uno nuevo, como ocurrió en 2022 cuando La Fuerza nació tras separarse de la Alianza Democrática Amplia (ADA). Esto ha determinado cómo el CNE evalúa la existencia y consolidación del electorado de nuevas colectividades en el marco normativo actual.
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