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El Consejo Nacional Electoral (CNE) se encuentra frente a una decisión clave sobre el futuro de la personería jurídica del partido La Fuerza, colectividad impulsada por Roy Barreras. Actualmente, una ponencia liderada por el magistrado Álvaro Echeverry Londoño propone mantener esta personería, a pesar de que el partido no superó el umbral del 3 % de votos en el Senado, cifra establecida en el artículo 108 de la Constitución Política como requisito para conservar dicho estatus. La discusión de esta ponencia está programada para el martes 16 de agosto, instancia en la que la sala plena del CNE deberá deliberar al respecto.
La Fuerza, aunque no alcanzó el porcentaje mínimo a nivel nacional, obtuvo 121.987 votos en la circunscripción territorial de Sucre y logró así una curul en la Cámara de Representantes, ocupada por Alejandro de la Ossa Lacayo. En este contexto, el representante legal del partido, Ricardo Castro Iragorri, solicitó la conservación de la personería jurídica y argumentó que la interpretación de la Constitución debe ser flexible, privilegiando su condición de “minoría política” y garantizando los derechos de sus votantes.
El eje central del argumento presentado por el magistrado Echeverry Londoño señala que la regla del umbral no debe aplicarse de forma literal en casos donde existan elementos claros de representación democrática y un origen institucional particular. Se resalta que La Fuerza, al obtener su personería en 2022 a través de un proceso de escisión, debe ser evaluada bajo parámetros distintos a los aplicados a partidos de estructura tradicional. La ponencia, sustentada en antecedentes de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado —como la Sentencia SU-316 de 2021—, sostiene que la obtención de una curul por Sucre representa una expresión real de representación parlamentaria, lo que amerita una valoración proporcional para proteger el principio de pluralismo político.
En el historial reciente, se destaca que en septiembre de 2025 el CNE negó otra escisión promovida al interior de la colectividad, liderada por la representante Gloria Arizabaleta para la creación de un partido llamado Juntos, argumentando que Fuerza de la Paz (nombre anterior de La Fuerza) ya provenía de una escisión de la Alianza Democrática Amplia (ADA). En 2022, tanto Barreras como Arizabaleta habían impulsado la escisión que llevó a la conformación de Fuerza de la Paz, hoy conocido como La Fuerza.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué el CNE evalúa la personería jurídica de La Fuerza si no alcanzó el umbral en el Senado?
El CNE estudia el caso de La Fuerza porque, aunque no logró el 3 % de votos requerido para mantener la personería jurídica según el artículo 108 de la Constitución Política, sí obtuvo una curul en la Cámara de Representantes por Sucre. La ponencia del magistrado Echeverry Londoño considera que debe valorarse la representación efectiva y el origen institucional del partido, priorizando el pluralismo político y la protección de los derechos de sus electores, conforme a precedentes citados por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.
¿Cómo influye el proceso de escisión en la situación jurídica de La Fuerza?
El proceso de escisión permite que un grupo se separe de una colectividad previa para formar un nuevo partido. La Fuerza obtuvo así su personería jurídica en 2022, al separarse de la Alianza Democrática Amplia (ADA). Esta condición es relevante para el CNE, ya que implica que el electorado y la representatividad de La Fuerza deben analizarse distinto a los partidos tradicionales, lo que ha incidido en la manera como se interpreta el cumplimiento del umbral electoral y la protección de su personería jurídica.
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