Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 3, 2026 - 1:50 pm
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Un juzgado de familia en Bogotá tomó una decisión trascendental dirigida al gobierno de Abelardo de la Espriella, al ordenar la suspensión inmediata de cualquier bombardeo en zonas donde haya información sobre la posible presencia de menores de edad. Así lo determinó el juzgado 34 de familia tras admitir una tutela que solicitaba frenar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos en los que exista información "cierta, objetiva o razonable" sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados. De acuerdo con el fallo, el gobierno de De la Espriella debe abstenerse de ejecutar bombardeos ofensivos sobre estos lugares hasta que se adopten y verifiquen todas las medidas de precaución y protección necesarias. Solo cuando, según la información disponible y los protocolos operacionales vigentes, se determine que no existe una alternativa menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo, podrán considerarse nuevas acciones.

La justicia fue clara al advertir a las autoridades que deben tomar todas las medidas que sean necesarias para cumplir esta determinación. Además, recalcó que dichas acciones deben guiarse por el principio del interés superior y la prevalencia de los derechos de los menores, así como los principios de distinción, precaución y proporcionalidad, y cumplir las obligaciones tanto constitucionales como internacionales sobre protección de la niñez en contextos de conflicto armado, de acuerdo con lo citado por El Espectador.

La acción legal fue interpuesta en contra de altos funcionarios, incluyendo al presidente Abelardo de la Espriella, el ministro de Defensa Jorge Mora, el ministro del Interior Rodrigo Lara y los principales comandantes de las fuerzas militares. Esta decisión se produce en medio de la polémica generada por la muerte de al menos cuatro menores en dos bombardeos recientes. El primero, registrado el 10 de agosto en Catatumbo, provocó la muerte de un menor de 16 años. El segundo ocurrió el 27 de agosto en Guaviare y costó la vida a tres adolescentes, dos de 15 y uno de 16 años, durante la Operación Amon contra las disidencias de alias Calarcá.

En respuesta, el ministro Jorge Mora aseguró que los menores eran "combatientes" y que el gobierno actuó bajo estándares legales durante la planificación y ejecución de los ataques. Sin embargo, reconoció que el reclutamiento de menores de edad por parte de grupos armados constituye tanto un crimen de guerra como una infracción al Derecho Internacional Humanitario, y subrayó la responsabilidad de los grupos armados organizados en estos hechos.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Por qué el juzgado ordenó suspender los bombardeos en zonas con menores de edad?

La decisión del juzgado 34 de familia de Bogotá surge tras admitir una tutela que advertía del grave riesgo para la niñez en contextos de conflicto armado. Según El Espectador, el tribunal exigió frenar los bombardeos donde exista información verificable sobre la presencia de menores realizados por grupos armados, a fin de proteger los derechos fundamentales y seguir los principios de precaución, distinción y proporcionalidad establecidos por las normas nacionales e internacionales.

¿Cuáles son las implicaciones legales del reclutamiento de menores por grupos armados?

El reclutamiento y utilización de menores en el conflicto armado, según declara el ministro Jorge Mora, está considerado un crimen de guerra y una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario. Además, constituye un delito penal en la legislación nacional, lo que implica responsabilidad directa de los grupos armados organizados en la vulneración de los derechos de la niñez.


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Balance del terremoto, según el presidente

El presidente Abelardo de la Espriella hizo la primera alocución presidencial y allí dio actualización oficial sobre las personas que han muerto, han sido afectadas e hizo otros anuncios sobre lo que hará en el país en los próximos días, superada la primera etapa.

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