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La Comisión Quinta del Senado aprobó el 15 de septiembre la Proposición 18 de 2026, sumando temas clave a la audiencia pública sobre la prestación del servicio de energía eléctrica en el Cesar. Esta proposición, considerada “aditiva a la No. 12 de 2026” y firmada por los senadores Juan Fernando Espinal Ramírez y Claudia Margarita Zuleta Murgas, fue avalada por la Comisión Quinta del Senado, según consta en el documento oficial con sello de aprobación.
El objetivo central es analizar, en Valledupar, diversos aspectos del servicio de energía: desde la evolución de las tarifas y calidad del suministro, hasta inversiones ejecutadas, pérdidas de energía y reclamaciones de los usuarios. Aunque la audiencia se realizará en Valledupar, aún no se ha definido públicamente la fecha, la hora ni el lugar, pues será la Mesa Directiva quien lo determine.
El documento precisa 12 aspectos a discutir, como el comportamiento de las tarifas en los últimos años, la continuidad y calidad del servicio, frecuencia y duración de interrupciones, el estado de la infraestructura (redes, subestaciones, transformadores), inversiones, condiciones en cada municipio, atención de quejas, proyección de demanda, alternativas de generación distribuida y fuentes renovables, así como medidas regulatorias y presupuestales vigentes.
La proposición también presenta 23 solicitudes específicas a diferentes entidades. Al Ministerio de Minas y Energía se le exige un diagnóstico actualizado y el detalle de inversiones en infraestructura eléctrica desde 2022 hasta 2026, especificando proyecto, municipio, valor y estado de avance. A la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) se le pide explicar cómo se forman las tarifas y cómo incorporan conceptos como pérdidas, inversiones y distribución en los costos, además de informar sobre medidas regulatorias actuales o en estudio.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) deberá discriminar cuántas quejas y reclamaciones se han hecho, por municipio y causa, en los últimos cuatro años, e informar sobre actos de inspección, vigilancia y sanción en caso de incumplimientos.
En este periodo, los datos de inversión e infraestructura deberán ser presentados tanto por el operador anterior, Afinia, como por Energua (marca bajo la cual opera Energía Atenea desde el 1.° de septiembre de 2026), según lo que corresponda. No obstante, la proposición no especifica cómo se dividirá la entrega de información entre ambas empresas, debido al reciente cambio de operador tras la escisión empresarial oficializada en agosto.
La proposición convoca al Ministerio de Minas y Energía, CREG, Superservicios, Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), autoridades departamentales y municipales, asociaciones de usuarios, gremios, academia y representantes de la ciudadanía. Busca construir una hoja de ruta con compromisos y seguimiento sobre la calidad y asequibilidad del suministro en el Cesar.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Qué temas se analizarán en la audiencia pública sobre energía eléctrica en el Cesar?
De acuerdo con la Proposición 18 de 2026, la audiencia contempla analizar la evolución y comportamiento de las tarifas, calidad y continuidad del servicio, duración y frecuencia de interrupciones, situación de la infraestructura eléctrica, pérdidas técnicas y no técnicas, proyección de la demanda, inversiones ejecutadas y proyectadas, atención a las reclamaciones de los usuarios y posibles alternativas con fuentes renovables y generación distribuida.
¿Cómo afectó el cambio de operador eléctrico en el Cesar la entrega de información para la audiencia?
La reciente escisión entre Afinia y Energía Atenea, y el inicio de la operación de Energua desde septiembre de 2026, implica que los informes requeridos desde 2022 hasta buena parte de 2026 deben abordar la gestión de ambos operadores. Sin embargo, la proposición no define exactamente cómo se dividirá la presentación de información histórica entre las dos empresas, dejando esa decisión pendiente para la audiencia oficial y las entidades competentes.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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