Hay que señalar que el Consejo de Estado tomó la determinación desde su Sección Quinta, donde se halló que el presidente del Senado incurrió en la doble militancia.

“La Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación, y determinó que con los Actos Legislativos 01 de 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del Partido de La ‘U’, no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido”, explicó el Consejo de Estado.

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Y es que Roy Barreras debió renunciar al Partido de La U un año antes de las elecciones que lo pusieron nuevamente en el Congreso de la República por el Pacto Histórico.

Este es el anuncio del alto tribunal:

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Roy Barreras y la doble militancia por la que lo sacaron del Senado

En el caso contra la ficha de Gustavo Petro hubo seis demandas en el Consejo de Estado en las que se solicitaba que se declarara la doble militancia del senador.

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Ante la medida, no aplica recurso o apelación, y se hará efectiva apenas sea notificado. Solo procede una acción de aclaración que quiera interponer Barreras, ya que no caben recursos, pues el fallo es de única instancia.