El caso se remonta al 6 de abril de 2016, cuando la joven, según su versión, tuvo un “parto extrahospitalario” en una letrina. Luego, al llegar a un hospital de la ciudad de Cojutepeque, quedó detenida y acusada de homicidio agravado.

En un primer momento se informó que su embarazo fue producto de una violación, aunque ahora las abogadas defensoras se abstienen de hablar públicamente de las circunstancias en que se dio la concepción a pedido de Hernández, quien vive en una comunidad que se encuentra bajo la influencia de pandillas.

El parte forense del Instituto de Medicina Legal no es concluyente sobre lo ocurrido en el parto, aunque la defensa está convencida de que el niño nació muerto porque aspiró meconio, el primer excremento que, al ser expulsado dentro del vientre, causa daño al feto.

En octubre de 2018, la Corte Suprema de Justicia anuló una sentencia de 30 años de prisión por homicidio agravado a Hernández por “falta de fundamentación e infracción a las reglas de la sana crítica” en las pruebas presentadas.

En esa resolución se ordenó la libertad de la joven, tras pasar 33 meses en la cárcel, pero también la apertura de un nuevo juicio con un tribunal diferente. La Fiscalía cambió el cargo que se le imputaba; ya no es homicidio agravado (con dolo y premeditación), sino homicidio agravado por omisión (por negligencia, sin dolo), pero se insiste en pedir una pena de entre 30 y 50 años de cárcel.

El caso se reabrió en julio, pero solo fue reanudado este jueves para escuchar a seis testigos. El ente acusador citó a una patóloga que estudió el caso, y a uno de los dos agentes de la policía que participaron en la detención inicial de la mujer. La defensa, por su parte, presentó a tres vecinos, dos de los cuales fueron testigos del parto, y otro que llevó a Hernández al hospital.

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Contra el aborto en cualquier circunstancia

En El Salvador actualmente hay 16 mujeres encarceladas por abortos, algunas de las cuales lo están incluso después de sufrir emergencias obstétricas, pero condenadas bajo una severa legislación que prohíbe la interrupción del embarazo en todas sus formas.

El artículo 133 del Código Penal salvadoreño establece una pena de 2 a 8 años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto, incluso los espontáneos, como “homicidio agravado”, un delito penado con 30 a 50 años de prisión.

En el último año, cinco mujeres sentenciadas en este tipo de casos salieron de la cárcel, algunas de ellas con la pena conmutada.

La experta de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad) Teresa Delgado, lamentó que grupos religiosos alienten la “severidad” del sistema de justicia, que se “ensaña” con las mujeres pobres que tienen partos fuera de los centros hospitalarios.

“Salimos optimistas de la jornada de este día, no hay elementos que incriminen a Evelyn, por eso esperamos que el juez declare la absolución”, , declaró a la AFP la abogada defensora de Hernández, Elizabeth Deras.

“Solo les quiero decir que yo soy inocente”, y “sé que él (juez) va a hacer justicia”, declaró Evelyn a la prensa al entrar al tribunal. Allí mismo, medio centenar de feministas protestaron con gritos de “¡Libertad para Evelyn!” y “¡Abajo el patriarcado!”, usando camisetas que tenían la inscripción “Libertad para las 17 y más”.