A un año y cinco meses fue condenado un hombre de la ciudad de Bologna (norte de Italia), quien sometía a su esposa a estrictas normas de “ahorro doméstico” en la casa, según confirmó el Tribunal Supremo de ese país.

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De acuerdo con el ente acusador, la mujer se vio afectada con temas como el racionamiento de agua o papel higiénico.

La sentencia, recogida en el portal de expertos en temas jurídicos Cassazione.net, confirmó la sentencia por maltratos sufridos por la mujer, quien fue víctima de un sujeto “obsesionado con el ahorro”.

Según recoge el portal, el condenado llegó a someter a su esposa a un estado de ansia y frustración por el estricto régimen. Incluso, la víctima habría denunciado que “solo podía comprar productos en oferta” y le era limitado el uso del agua, ya que solo podría ducharse una vez a la semana, según medios locales.

Este estilo de vida, para los jueces de la entidad penal, se convirtió en una auténtica coacción alimentada con métodos de control y agresiones. Lo que más llamó la atención es que el matrimonio no atravesaba alguna crisis económica, ya que ambas partes contaban con trabajo y sueldo.

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No es la primera vez que la Alta Corte se expresa sobre situaciones de este estilo. En junio del año 2000, el Supremo falló que “la persistente y sistémica conducta de un cónyuge dirigida a hacer insoportable la vida de su pareja, con una humillante e injustificada vejación y exasperada avaricia, entra en la tipología del delito de maltratos familiares”.

En todo caso, el Código Civil italiano recoge en su artículo 143 lo siguiente: “Con el matrimonio, marido y mujer adquieren los mismos derechos y deberes con la obligación recíproca a la fidelidad, la asistencia moral y material y a la colaboración en el interés de la familia y de la convivencia”.