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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Ago 20, 2025 - 3:25 pm
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El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) confirmó en las últimas horas que Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, fue trasladada de la cárcel El Buen Pastor a la Guarnición Militar de Carabineros. Lo anterior se hizo a petición de su abogado, alegando problemas de seguridad.

(Lea también: Exponen pesadilla para ‘Epa Colombia’ por errores de abogados luego de nuevo enredo en proceso)

Por el momento se conoce que la mujer pagará lo restante de su condena en este lugar. Y es que, actualmente, la mujer se encuentra pagando una condena de cinco años y tres meses de prisión por los delitos de instigación al terrorismo, luego de haber llevado a cabo actos vandálicos en una estación de Transmilenio durante el estallido social, acontecido en el año 2021.

¿Por qué Epa Colombia no podrá tener el beneficio de casa por cárcel?

Es el delito de instigación a delinquir con fines terroristas el que no ha permitido que ‘Epa Colombia’ no pueda pagar una parte de su cárcel desde casa. Acorde con Mariana Botero Ruge, abogada penalista de la Universidad del Rosario entrevistada por Noticias Caracol, el artículo 68A del Código Penal explica que no proceden los subrogados penales (en este caso la prisión domiciliaria o casa por cárcel) en cierto tipo de delitos, entre los que se incluye la instigación a delinquir con fines terroristas. Sin embargo, muchos expertos en leyes argumentan que, para el caso de Epa Colombia, era muy complicado demostrar que la mujer había cometido este delito pero, sin embargo, ella lo aceptó.

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