Las personas que vayan a pagar pueden hacerlo de 2 formas. La primera de ellas es a través de la página de internet de la Secretaría de Hacienda. La segunda consiste en diligenciar e imprimir la factura y hacer el trámite en los establecimientos autorizados, que puede conocer aquí.

El impuesto está orientado para los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá, incluidos los de transporte público.

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Sim embargo, la entidad expuso que hay excepciones, puesto que cierta maquinaria de tipo industrial, de construcción de vías públicas y agrícola no tienen que pagarlo.

Lo mismo ocurre con las motocicletas con motor de hasta 125 centímetros cúbicos de cilindraje, expuso la Secretaría, y añadió que solo deben cancelar los derechos de semaforización.