En Colombia, el sistema pensional contempla situaciones en las que los padres pueden recibir una pensión relacionada con sus hijos por los motivos previamente mencionados.
Estas medidas buscan garantizar protección económica a las familias que dependen de esos ingresos tan importantes.
Uno de los casos más relevantes es la pensión especial de vejez por hijo con discapacidad. Según la ley, el padre o la madre pueden pensionarse antes de la edad mínima establecida si tienen un hijo con invalidez física o mental certificada.
Para acceder a este beneficio deben haber cotizado al menos 1.300 semanas al sistema y demostrar que el hijo depende económicamente de ellos. El objetivo es que el cuidador tenga recursos para atender las necesidades del hijo que no puede trabajar por su condición.
Además, recientes decisiones de la Corte Constitucional eliminaron algunas restricciones que existían para acceder a este beneficio.
Antes se exigía que el padre o madre tuviera un empleo vigente al momento de solicitar la pensión y se suspendía si volvía a trabajar. Con el cambio, ahora pueden continuar o retomar actividades laborales sin perder la prestación.
Por otra parte, los padres también pueden recibir la pensión de sobrevivientes si un hijo cotizante fallece. Esto solo aplica cuando el fallecido no deja cónyuge, pareja ni hijos con derecho preferente y cuando los padres demuestran dependencia económica del hijo.
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