De acuerdo con la normativa local, los pensionados en Colombia por vejez pueden trabajar sin restricciones en el sector privado y, con algunas condicionales, en el sector público.
Esto quiere decir que puede recibir, al mismo tiempo, su salario o sus honorarios, además de su mesada pensional.

Aclara la norma que el trabajador o empleador no estarán obligados a seguir cotizando para jubilación de, en este caso, los pensionados en Colombia. Pero sí deben seguir cotizando a salud sobre su mesada pensional.
Adicionalmente, si los pensionados son empleados dependientes o independientes, se deben cotizar a salud sobre el ingreso base de cotización (IBC) de su salario.
Adicionalmente es obligatorio que el empleador cotice a la ARL sobre el salario, toda vez que el pensionado esté cubierto por los riesgos laborales.
Otros pensionados en Colombia que pueden recibir mesada y salario
Los requisitos cambian cuando los pensionados en Colombia que siguen trabajando lo hacen en el sector público. Dejando en claro que en este caso la regla es más estricta debido a la prohibición de la doble asignación proveniente del tesoro público.
La ley colombiana indica que una persona que recibe una pensión pública generalmente no puede vincularse como empleado público y recibir simultáneamente el salario y la mesada.
(Vea también: Bono que dan cajas de compensación a trabajadores y ayuda para la ropa de diciembre de sus hijos)
Lo anterior salvo cuando los pensionados en Colombia están vinculados mediante: contrato por prestación de servicios, si es jubilado de un fondo privado.
Finalmente, hay que tener en cuenta que los pensionados en Colombia que siguen trabajando en el sector público pueden recibir doble pago en algunos cargos de elección popular.
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