
Los empleados de Tigo (UNE-EPM) están en medio de la zozobra por el aviso de la compañía de que habría despido colectivo en próximos días. De hecho, muchos han afirmado que se enteraron por medios de comunicación y por las redes sociales y que no recibieron contacto por parte de la misma empresa.
La empresa envió la solicitud de autorización al Ministerio del Trabajo con sus debidas razones para que sea esta entidad la que determine si es justo o no que se saque a cientos de empleados de sus filas.
En todo caso, la ministra de trabajo, Gloria Ramírez, ya afirmó que se evaluará la solicitud con el cuidado que requiere la protección de los derechos de los trabajadores.
(Vea también: Cambio para vigilantes en Colombia, ya vigente: lo que deben pagar empresas en 2025)
¿Qué indemnización corresponde por despido colectivo?
La Ley 50 de 1990 regula la figura del despido colectivo y aclara que esta no configura una justa causa en la terminación de un contrato. Entonces, la aceptación de la solicitud de la empresa hará que es despido sea legal, más no eximirá a la misma de tener que pagar una indemnización correspondiente al despido sin justa causa a sus trabajadores.
Sin embargo, El Código Sustantivo del Trabajo sí contempla una excepción al respecto, pues si la empresa tiene un patrimonio líquido gravable inferior a 1.000 salarios mínimos mensuales vigentes, el monto de la indemnización del 50 % de la cantidad que indica la ley.




¿Cuánto pagan a empleado por despido sin justa causa?
El artículo 64 del Código Sustantivo de Trabajo contempla el despido sin justa causa y señala que deberá haber una “indemnización de perjuicios a cargos de la parte responsable”. Este valor se pagará así:
- Si el trabajador gana menos de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes:
- Si lleva menos de un año en la empresa, la indemnización es de 30 días de salario.
- Si lleva más de un año en la empresa, la indemnización es de 20 días adicionales de salario sobre los 30 básicos.
- Si el trabajador gana más de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes:
- Si lleva menos de un año en la empresa, la indemnización es de 20 días de salario.
- Si lleva más de un año en la empresa, la indemnización es de 15 días adicionales de salario sobre los 20 días básicos.
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