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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Sep 2, 2025 - 6:37 am
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Este lunes 1 de septiembre el gobierno del presidente Petro dio a conocer su nueva reforma tributaria, una que pretende recaudar cerca de $26 billones y que genera ya algunos llamados de atención desde el lado de los empresarios. ¿Les pegará también a los pensionados en Colombia?

Según el presidente Petro y el ministro de Hacienda, Germán Ávila, el proyecto se enfoca en recoger el recaudo desde los sectores de más altos ingresos.

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Si bien no hay cambios sustanciales para los pensionados en Colombia, el documento que fue radicado ante el Congreso de la República sí contiene algunas modificaciones sobre exenciones que le pegan a los jubilados.

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De momento, lo propuesto en la reforma explica que el Artículo 23 modifica el Artículo 383 del Estatuto Tributario vigente, que establece la tarifa de retención en la fuente para los pagos gravables originados en la relación laboral, legal y reglamentaria, y los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales.

De esta manera, para los pensionados en Colombia, así como el resto de contribuyentes, se introduce una nueva tabla con diferentes rangos en UVT y tarifas marginales (desde el 0 % hasta el 41%) para calcular la retención en la fuente sobre dichos pagos gravables.

Lo otro que deberían tener en cuenta los pensionados en Colombia con la nueva reforma tributaria de Petro

Indica la propuesta que la retención en la fuente establecida en este artículo no será aplicable a los pagos recibidos por los pensionados en Colombia mediante sus mesadas, incluidos los casos de invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales que correspondan a rentas exentas, en los términos del artículo 206 del Estatuto Tributario.

Aclara en ese sentido la norma propuesta que esto significa que, si una pensión ya está clasificada como renta exenta no le aplicará esta retención.

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La nueva retención en la fuente, que incluye a los pensionados en Colombia, se aplicará a partir del 1 de julio de 2026. Hasta esa fecha, se mantendrá el sistema de retención anterior, a menos que el trabajador solicite la aplicación anticipada de la nueva disposición.

Por lo anterior, la actualización de la tabla de retención en la fuente para los pensionados en Colombia que sean consideradas gravables es la única modificación que incumbe a esta parte de la población.

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