De acuerdo con el documento (Ley 796 de 2002), las licencias o permisos para manejar vehículos en Colombia pueden ser suspendidos, entre otras cosas, por disposición de las autoridades de tránsito, basándose en la imposibilidad física o mental de la persona para conducir, soportado en un certificado médico.

Pero eso no es todo; si hay una decisión judicial de por medio, al conductor implicado también se le suspenderá la licencia de conducción. A continuación otros de los motivos:

  1. Por encontrarse en flagrante estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
  2. Por reincidir en la violación de la misma norma de tránsito en un período no superior a un año. En este caso la suspensión de la licencia será por medio año.
  3. Por prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.

“Quien cause lesiones u homicidios en accidente de tránsito y se demuestre que actuó bajo cualquiera de los estados de embriaguez de que trata este código, o que injustificadamente abandone el lugar de los hechos, a más de las sanciones previstas en el Código Penal, se hará acreedor a la suspensión de su licencia por el término de cinco años”, enfatiza el Código Nacional de Tránsito.

Este mismo documento agrega que la suspensión de la licencia operará sin prejuicio de la interposición de recursos en la actuación; es decir, una vez sea notificado el trámite en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), estará en firme la decisión.

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¿Qué pasa si conduce con licencia de conducción suspendida?

De acuerdo con el general Carlos Rodríguez, director de la Policía de Tránsito y Transporte, una persona que sea sorprendida conduciendo con la licencia de conducción suspendida puede incurrir en un delito con penas de hasta 1 y 4 años de cárcel o sanciones que van entre los 5 y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

“Inmediatamente se procede a la captura en flagrancia por fraude a resolución judicial o administrativa y es dejado a disposición de la autoridad competente, en este caso la Fiscalía General de la Nación”, afirmó el general Rodríguez en el portal Prueba de Ruta.

Causas que llevan a la cancelación de la licencia de conducción

El Código Nacional de Tránsito indica que una licencia de conducción será cancelada en Colombia cuando la autoridad lo disponga, siempre y cuando determine la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportado en un certificado médico. Además de esto, otras causas que pueden llevar a que el documento sea cancelado son:

  1. Por decisión judicial.
  2. Por muerte del titular.
  3. Reincidencia al encontrarse conduciendo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
  4. Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.

“La suspensión o cancelación de la licencia de conducción implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente para imponer la sanción por el período de la suspensión o a partir de la cancelación de ella”, enfatiza la Ley 796 de 2002.