Por cuenta de que algunos pensionados en Colombia no recibieron la información suficiente, a manos de los fondos privados, para recibir una mesada mejor en Colpensiones, estas administradoras deberán indemnizar a los jubilados que, habiéndose comprobado, se vieron afectados.
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Sin embargo, advierte el fallo de la Corte Suprema de Justicia, esta decisión se tomará sopesando todos los documentos que exijan las autoridades para el estudio de los casos.
Los pensionados en Colombia que se vean beneficiados, hay que tener en cuenta, recibirán un solo pago a manera de compensación. No se tratará de un aumento en la mesada.

¿Qué pensionados en Colombia recibirán la indemnización de los fondos privados?
- Conducta Culpable de la AFP: Se debe probar que el fondo no cumplió con el deber de información veraz, completa y oportuna al momento del traslado o durante la permanencia en el fondo.
- Daño económico real: El pensionado debe evidenciar que existe una diferencia negativa entre la mesada que recibe en el régimen privado y la que le hubiese correspondido en el Régimen de Prima Media (Colpensiones).
- Nexo Causal: Se debe establecer que el pensionado tomó la decisión de quedarse en el fondo privado basándose exclusivamente en la información proporcionada por la administradora.

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¿Cómo se fija esa indemnización para los pensionados?
- Probabilidad Pensional (PP): Mide la cercanía que tenía el afiliado a cumplir los requisitos de pensión al momento del daño.
- Brecha Pensional: La cuantificación exacta de la diferencia económica entre ambos regímenes.
Finalmente, este pago para los pensionados en Colombia se calcula utilizando las tablas de mortalidad vigentes al momento de la liquidación, con el objetivo de proyectar cuánto dinero dejó de percibir el afectado.
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