Por: DIARIO DEL PEREIRA

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Este artículo fue curado por pulzo   Ago 21, 2026 - 8:40 am
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La reciente declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica en Colombia, motivada por el devastador terremoto del 10 de agosto, ha generado preocupación entre la ciudadanía respecto a un posible aumento de impuestos. Aunque muchos colombianos temen que la reconstrucción del país implique nuevas cargas tributarias, de acuerdo con el análisis de El Diario, hasta el 21 de agosto de 2026 el Gobierno no ha creado impuestos adicionales mediante el decreto que oficializó la emergencia (Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026). Esta medida cubre inicialmente 15 departamentos seriamente afectados y tiene una duración de 30 días.

El Decreto 1261 no establece, en este momento, un nuevo impuesto al valor agregado (IVA), un impuesto al patrimonio ni tampoco un tributo especial para la totalidad de la población. Más bien, lo que habilita es la facultad, otorgada por el artículo 215 de la Constitución Política, para que el Ejecutivo pueda crear o modificar tributos de manera transitoria si considera imprescindible obtener fondos adicionales para enfrentar las consecuencias del desastre natural. Según el texto constitucional, esos tributos o modificaciones únicamente pueden mantenerse vigentes hasta finalizar la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso decida extenderlos o volverlos permanentes.

La preocupación sobre el ingreso de nuevos impuestos se agrava debido a la magnitud de los daños, avaluados preliminarmente en al menos $30 billones, equivalentes al 1,5 % del Producto Interno Bruto nacional. El terremoto destruyó más de 31.000 viviendas y averió 163.000 más, además de afectar colegios, hospitales y otras infraestructuras, según cifras presentadas en el decreto citado por El Diario. La recuperación implicará no solo reconstruir viviendas y obras públicas, sino también reactivar la economía local de los municipios golpeados.

Antes de tomar la decisión de crear nuevos tributos, el Gobierno ha considerado varias alternativas de financiación: préstamos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) del Sistema General de Regalías, el mecanismo de Obras por Impuestos —que permite a empresas invertir parte de sus obligaciones tributarias directamente en proyectos de reconstrucción—, y la utilización de bienes administrados por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) y el Fondo Frisco, orientados a ser vendidos y así recaudar fondos.

Expertos como el exministro de Hacienda Mauricio Cárdenas, citado por El Diario, advierten que sería difícil descartar completamente la creación de nuevos impuestos debido al tamaño del reto fiscal. Aun así, el presidente Abelardo De la Espriella aseguró que ninguna medida adoptada buscará “afectar a los colombianos más necesitados”, y anticipó que cualquier medida tendría un enfoque selectivo en sectores y patrimonios específicos. Por el momento, no se ha expedido ningún decreto que permita identificar cuáles serían los contribuyentes directamente impactados.

Los días siguientes serán clave, ya que durante los 30 días iniciales de la emergencia el Gobierno podrá expedir decretos legislativos adicionales para definir fuentes de financiamiento y estrategias de reconstrucción. Todas estas decisiones deberán relacionarse directamente con el terremoto y quedarán sujetas a la supervisión de la Corte Constitucional.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿El Gobierno puede crear impuestos temporales durante una emergencia económica en Colombia?

Sí; según el artículo 215 de la Constitución Política, el Gobierno está facultado para crear impuestos nuevos o modificar los existentes de manera temporal durante la vigencia de un Estado de Emergencia. Estas medidas deben estar directamente vinculadas con la atención a las consecuencias de la crisis y dejarán de regir al finalizar la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso decida prolongarlas.

¿Cuáles podrían ser las fuentes de financiación para la reconstrucción tras el terremoto en Colombia?

El Gobierno está evaluando diferentes mecanismos, como el uso temporal de recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE), la ampliación del programa Obras por Impuestos y la venta acelerada de activos gestionados por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) y el Fondo Frisco. Además, se contemplan ajustes en el Presupuesto General y la movilización de fondos públicos de otras fuentes antes de considerar la imposición de nuevos tributos.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

Balance del terremoto, según el presidente

El presidente Abelardo de la Espriella hizo la primera alocución presidencial y allí dio actualización oficial sobre las personas que han muerto, han sido afectadas e hizo otros anuncios sobre lo que hará en el país en los próximos días, superada la primera etapa.

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