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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Ago 1, 2024 - 12:44 pm
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Un gran número de colombianos están alistando todos los documentos pertinentes para cumplir con la declaración de renta ante la Dian, la cuál, según el calendario tributario debe comenzar a pagarse desde agosto de 2024.

Cabe destacar que la fecha límite para la presentación de la declaración de renta puede cambiar con el número de cédula de cada contribuyente. Para este año, la Dian ha hecho algunos cambios para los vencimientos de esta obligación.

Es importante decir que para este proceso deberá tener en cuenta la solicitud de algunos datos, sobre todo de los ingresos que no deben ser incluidos en este pago y que forman parte de rentas exentas.

Ingresos que no se deben poner en la declaración de renta

Según las normas establecidas en el decreto 1625 de 2016, los aportes que no deben ser declarados son:

  • Auxilio de cesantía y aportes sobre cesantías que sean recibidos por trabajadores cuyo ingreso mensual promedio de los últimos 6 meses de vinculación laboral no exceda los $14.844.200
  • Indemnizaciones por accidente de trabajo
  • Indemnizaciones por maternidad
  • Aportes a cuenta de ahorro para el fomento de la construcción que no exceda los $161.165.600
  • Lo recibido por gastos de entierro del trabajador
  • Gastos de representación de rectores y profesores de universidades públicas que no excedan el 50% de su salario.
  • Seguro por muerte, compensaciones por muerte y prestaciones sociales en actividad y retiro de los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

Lista de personas (por cédula) que deben declarar renta este 2024

  • Cédulas terminadas en 01 – 02: 12 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 03 – 04: 13 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 05 – 06: 14 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en07 – 08: 15 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en09 – 10: 16 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 11 – 12: 20 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 13 – 14: 21 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 15 – 16: 22 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 17 – 18: 23 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 19 – 20: 26 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 21 – 22: 27 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 23 – 24: 28 de agosto de 2024
  • Cédulas terminadas en 25 – 26: 29 de agosto de 2024

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