Con la reducción laboral que empezó a regir el pasado 16 de julio para los trabajadores en Colombia, que pasaron de trabajar 47 a 46 horas semanales, los recargos como las horas extras, nocturnas, dominicales y festivos, no tuvieron cambios.
Contrario a lo que muchos empleados pensaban sobre una disminución de su salario por la entrada en vigencia del ajuste de los horarios, ahora el valor de la hora de trabajo tuvo un ligero aumento, teniendo en cuenta que el tiempo laborado es menor.
Por ejemplo, en el caso de la hora extra diurna, que es aquella que se desarrolla después de finalizada la jornada laboral ordinaria en horario diurno, es decir, el que se hace entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m., tiene un valor de 6.915 pesos (25 % sobre el valor de la hora ordinaria).
El costo total de las distintas horas extras, se obtienen al sumar los siguientes valores:
Hora diurna | Hora extra diurna (25 %) | Total |
5.532 pesos | 1.383 pesos | 6.915 pesos |
Hora diurna | Hora extra nocturna (75 %) | Total |
5.532 pesos | 4.149 pesos | 9.681 pesos |
Hora diurna | Hora extra diurna dominical o festiva (100 %) | Total |
5.532 pesos | 5.532 pesos | 11.064 pesos |
Hora diurna | Hora extra nocturna dominical o festiva (150 %) | Total |
5.532 pesos | 8.298 pesos | 13.830 pesos |
(Vea también: Por reducción de la jornada laboral, trabajadores perderán beneficio que disfrutaban mucho)
¿Cuánto vale un día festivo en Colombia 2024?
De acuerdo con el artículo 179 del Código Sustantivo de Trabajo, los domingos y festivos se remunerarán con un recargo del setenta y cinco por ciento (75 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.
Lo anterior se calcula con la siguiente ecuación:
Hora diurna | Recargo nocturno, dominical o festivo | Total |
5.532 pesos | 6.085 pesos | 11.617 pesos |
¿Cuánto vale un día de vacaciones en Colombia 2024?
Ahora bien, los trabajadores que van a tomar sus vacaciones o serán liquidados por una finalización de contrato, deben tener en cuenta que este pago se hace dependiendo de dos variables: salario del trabajador y tiempo laborado en días.
Esta es la fórmula:
- Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados) / 720.
Es importante aclarar que el número 720 comprende los 15 días de vacaciones por cada 360 días trabajados. Según W Radio, “en síntesis: el año laboral tiene 360 días conformados por 12 meses de 30 días; se divide entre 720 días porque es el doble de 360, para determinar el medio mes de vacaciones por cada año de trabajo”.
Por ejemplo, un empleado con un salario mínimo, con más de un año de antigüedad y que decide tomar los 15 días hábiles de vacaciones, recibiría un pago de 650.000 pesos, sujeto a las retenciones legales pertinentes.
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