Con la estabilidad de los indicadores económicos en el segundo trimestre de 2026, el sector del servicio doméstico en Colombia ha consolidado sus tarifas base para este año. Tanto empleadores como trabajadores deben tener en cuenta que el cálculo del pago por horas o por días debe ajustarse estrictamente a lo establecido por la ley vigente.

Para abril de 2026, el valor de la hora de limpieza ordinaria en el país se sitúa en un rango de 7.300 a 7.600 pesos. Este valor es la referencia para servicios puntuales; sin embargo, cuando se trata de una jornada completa de trabajo (8 horas), el panorama cambia debido a los componentes legales adicionales.
Si el trabajador es contratado por días, el pago diario no debe ser inferior a 66.700 pesos. Es importante aclarar que este monto incluye el salario base diario y el auxilio de transporte, pero no contempla las prestaciones sociales (prima, cesantías e intereses), las cuales deben ser provisionadas o pagadas proporcionalmente según el acuerdo laboral.
El cumplimiento de los recargos es fundamental para evitar sanciones legales. Según los valores estipulados para este periodo:
- Hora extra diurna: 9.948 pesos.
- Hora extra nocturna: 13.928 pesos.
Estos valores aplican cuando el trabajador supera la jornada máxima legal permitida o cuando las labores se extienden a horarios nocturnos definidos por la ley laboral.
Uno de los puntos en los que más enfatizan las autoridades laborales es la obligatoriedad de la seguridad social. Sin importar si la persona labora solo uno o dos días a la semana, el empleador tiene la obligación de realizar los aportes correspondientes a:
- Salud.
- Pensión.
- Riesgos Laborales (ARL).
Resumen de costos para abril 2026
| Concepto | Valor de referencia |
| Hora ordinaria | 7.300 – 7.600 pesos |
| Día de trabajo (Mínimo legal) | 66.700 pesos |
| Hora extra diurna | 9.948 pesos |
| Hora extra nocturna | 13.928 pesos |
| Auxilio de transporte diario | 8.303 – 8.437 pesos |


¿Qué pasa si no paga seguridad social a la empleada doméstica en Colombia?
En Colombia, la formalización del empleo doméstico no es opcional, y el incumplimiento de esta obligación legal acarrea consecuencias financieras que podrían comprometer seriamente el patrimonio de los empleadores. Según los lineamientos vigentes, el Ministerio del Trabajo tiene la facultad de imponer sanciones económicas drásticas a quienes omitan el pago de aportes a salud, pensión y riesgos laborales.
Las multas están diseñadas para ser proporcionales a la infracción, partiendo desde los 1,3 millones de pesos y escalando hasta cifras superiores a los 6.500 millones de pesos en casos de gravedad extrema.
Más allá de las multas estatales, el empleador se convierte en el responsable directo ante cualquier eventualidad. Si un trabajador doméstico no afiliado sufre un accidente laboral o una enfermedad, el contratante deberá costear de su propio bolsillo:
- Atención médica completa: hospitalización, medicamentos y tratamientos.
- Prestaciones económicas: pago de incapacidades y licencias.
- Indemnizaciones: en caso de invalidez o fallecimiento, el empleador deberá asumir las pensiones correspondientes.
La normativa busca garantizar que quienes laboran en el hogar cuenten con el mismo esquema de protección que cualquier trabajador formal en el país.
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