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A partir del 7 de julio, quedará prohibida la producción y el uso de plásticos de un solo uso como bolsas para embalar frutas y verduras, pitillos, platos, tenedores y cucharas.
Lo anterior, en cumplimiento de la ley 2232 de 2022, que determinó medidas para la reducción gradual del consumo y la producción de este tipo de productos.
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Estos son los productos que no se podrán usar:
- Bolsas plásticas de supermercados: En un esfuerzo por reducir la contaminación plástica, las bolsas de plástico en los supermercados serán eliminadas, fomentando el uso de alternativas reutilizables y biodegradables.
- Bolsas de empaque para revistas y periódicos: Las bolsas de plástico utilizadas para empaquetar revistas y periódicos serán sustituidas por opciones más sostenibles, como el papel reciclable o materiales compostables.
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- Bolsas en rollo para frutas y verduras: Las bolsas plásticas individuales para frutas y verduras, comúnmente disponibles en rollos en supermercados, serán reemplazadas por bolsas compostables o incentivos para que los consumidores traigan sus propias bolsas reutilizables.
- Pitillos y mezcladores para bebidas: Los pitillos (popotes) de plástico y los mezcladores de bebidas serán eliminados, promoviendo alternativas de papel, metal o materiales biodegradables que minimicen el impacto ambiental.
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Soportes plásticos para bombas (fiestas y celebraciones): Los soportes plásticos utilizados para bombas y dispensadores en fiestas y celebraciones serán retirados, alentando soluciones más sostenibles como soportes de cartón reciclable o reutilizables.
Estas medidas buscan reducir la huella ambiental asociada con el consumo de plásticos de un solo uso, promoviendo prácticas más responsables y sostenibles entre los consumidores y comercios.
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Sí se podrán usar
Artículos usados en entornos médicos para mantener la asepsia y la higiene, productos plásticos que ayudan a contener productos químicos peligrosos para la salud, envases usados para almacenar alimentos, productos plásticos usados en establecimientos de atención médica y por personas con discapacidad, envases y embalajes designados por el Dane, plásticos usados para contener o embalar residuos peligrosos.
El incumplimiento de esta ley implicará multas económicas, decomiso de productos, clausura temporal y clausura definitiva de los establecimientos.
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