Con la sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional se dio claridad sobre las fotomultas que durante años han sido debate en la capital, pues los conductores aseguraban que las sanciones debían ser para quien lleva el vehículo, no para el propietario.

Con el más reciente concepto se aclara que son los dueños de los carros y motos los encargados de velar por la seguridad del vehículo, esto incluye revisión técnico-mecánica, pago del Soat y controlar el exceso de velocidad. Bajo esta premisa, todas las fotomultas ahora serán para los propietarios de los vehículos.

(Vea también: cómo impugnar una fotomulta en Bogotá)

Luego de dejar esto claro, la secretaria de movilidad, Deyanira Ávila, explicó en Noticias Caracol que “todos los comparendos son impugnables en Bogotá. Existe la posibilidad de analizar las pruebas que se están aportando frente la imposición del mismo”.

En el caso de las fotomultas por exceso de velocidad u otras razones, dice la funcionaria, las cámaras de seguridad que hay en diferentes vías están coordinadas para que la placa se pueda verificar perfectamente.

“El sistema de verificación de evidencias se mejoró y eso también incluye las fotos. En la audiencia, cuando deciden impugnar el comparendo, se verifica con las autoridades de tránsito que todo se vea legible“, dijo Ávila, sobre los casos en los que los conductores dicen que la placa no se ve en la foto.

La secretaria de Movilidad explicó que impugnar una fotomulta es un trámite que puede durar hasta un año, aunque los tiempos para hacerlos han variado y, en algunos casos, pueden ser hasta de tres meses. Lo que sí dejó claro es que, con la sentencia ya explicada, será mucho más difícil que los conductores ganen las impugnaciones.

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En 2022 se impusieron 636.979 fotomultas en Bogotá. De estas, solo 43.309 fueron impugnadas, teniendo como resultado que 42.039 salieran a favor de los conductores, quienes quedaron exonerados de pagar este comparendo.

El abogado penalista Saúl León también explicó en Noticias Caracol que “con esta sentencia se mantiene la posibilidad de que las personas impugnen los fotocomparendos, no prohibe el derecho. Lo que desarrolla es que el conductor (dueño del carro) debe ser citado también y demostrar que obró diligentemente. Si en el proceso se prueba que fue negligente podría ser sancionado con el pago de esa fotomulta…”.

Fotomultas y comparendos en Bogotá: descuentos

Según la Secretaría de Movilidad ahora será mucho más difícil que los conductores ganen los pleitos por fotomultas porque la sentencia es clara en señalar al dueño del carro como el responsable de que no incumpla las leyes, incluido el exceso de velocidad para varias vías de la capital que podría tener un cambio pronto.

Frente a esta situación, los conductores a los que les impongan un comparendo tendrán 11 días para impugnarlos y si quieren beneficiarse de los descuentos estos son los tiempos.

(Vea también: Para qué sirven las cámaras que están en los semáforos de Bogotá; no es para fotomultas)

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