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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Dic 2, 2025 - 11:02 am
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Recibir la mesada de jubilación es un derecho que adquieren los trabajadores en Colombia una vez cumplen los requisitos de retiro laboral, siendo estos la edad y el número de semanas cotizadas.

Sin embargo, suele pasar que los jubilados sigan vinculados a un trabajo a pesar de haber cumplido con todos los requisitos para recibió una pensión.

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Estos trabajadores en Colombia, también en la mayoría de casos, suelen recibir el sueldo y también lo correspondiente a la mesada pensional aprobada por el respectivo fondo con base en los ahorros alcanzados.

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El Consejo de Estado incluyó, para este beneficio, a los profesores quienes solamente podían acceder a sus mesadas de jubilación una vez renunciaran a la vida como docente.

La modificación se dio en medio de una demanda que pedía equiparar los beneficios para jubilados que tenían la oportunidad de seguir vinculados a una empresa.

trabajadores en Colombia
trabajadores en Colombia

¿Cómo algunos trabajadores en Colombia pueden acceder a salario y pensión? 

“La compatibilidad entre salario y pensión de la que son beneficiarios los docentes se encuentra vigente incluso con posterioridad a la expedición de la Ley 812 de 2003, que incorporó a los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio al régimen pensional de prima media establecido en las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003″, dijo el Consejo de Estado en su sentencia.

Sin embargo, hay una serie de requisitos clave que deben tenerse en cuenta para el reconocimiento de los dos derechos salariales, si no se cumple con uno de estos, no se puede avanzar en el reconocimiento.

Indica la norma que deben estos trabajadores en Colombia haber certificado 1.300 semanas de servicio y haber cumplido los 57 años.

mesada 14 de pensión
mesada 14 de pensión

(Recomendado: Discusión del salario mínimo en Colombia arranca con una diferencia de, al menos, $50.000)

En caso de tener 55 años, el docente debió haber empezado su vida laboral antes del 26 de junio de 2003, teniendo en cuenta que a estos se les reconocen los beneficios del Decreto 2277 de 1979.

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