Puntualmente en lo que se refiere a la atención de preguntas quejas y reclamos presentados por los usuarios de Claro y ETB. Ante esto, la SIC decidió multar a ambas compañías con diferentes montos.

Claro, por ejemplo, tendrá que pagar 172’619.940 pesos, equivalentes a 190 salarios mínimos legales mensuales vigentes; mientras que ETB tendrá que responder por 109’023.120 pesos, equivalentes a 120 salarios mínimos por desconocer el derecho de los usuarios a recibir respuestas integrales y oportunas a sus peticiones, quejas o reclamos (PQR).

En su comunicación, enviada a medios, la Superintendencia de Industria y Comercio también argumenta que ambas empresas fueron vinculadas a una investigación con base en las quejas presentadas por sus usuarios.

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“Se logró comprobar que los proveedores no respondieron las PQR presentadas en los términos establecidos por la ley, por lo que las sancionadas deberán atender de manera favorable las pretensiones de los usuarios al haberse configurado el Silencio Administrativo Positivo”, detalla la SIC.

SIC multa a Claro y ETB

El ente regulador, además, explica que dicho Silencio Administrativo resulta a favor de los usuarios para los siguientes eventos:

  1. La empresa no contesta la PQR en un periodo de 15 días hábiles.
  2. Responde a la PQR superando el tiempo legalmente establecido.
  3. El operador responde, pero no pone la decisión adoptada en conocimiento del usuario.
  4. La respuesta del operador es incompleta. Cuando esto se configura, el operador debe atender en forma favorable las pretensiones formuladas por el usuario en la PQR y se puede ver sujeto a sanciones por parte de esta Autoridad, como en el presente asunto.

Finalmente, la SIC les dice a Claro y ETB que pueden proceder con recursos de apelación y reposición.