
Pese a que Gustavo Petro celebró junto al Gobierno nacional la aprobación de la reforma laboral, juristas advierten por la interpretación de uno de los principales artículos que afectaría el pago de recargos dominicales en unos casos puntuales.
(Vea también: Pensionados, atentos a dinero extra que podrían recibir, además de la prima de junio¿
Se trataría de una especie de ‘mico’ en la redacción del artículo 14 de la Ley 2466 de 2025, en la que se permite trasladar los días de descanso obligatorio, tradicionalmente domingos, a cualquier otro día de la semana. Esto de acuerdo con un análisis de abogados laborales que publicó Blu Radio.
El texto aprobado sobre la modificación al código sustantivo del trabajo, traería consigo implicaciones en el pago de recargos y los derechos laborales de los trabajadores, según la emisora.




Esta disposición permite que, a través de un acuerdo escrito, se pueda establecer un día distinto al domingo como día de descanso obligatorio. En caso de no existir tal consenso, el domingo se mantendrá como día de descanso por defecto.

Abogados alertan por artículo que dejaría sin recargo dominical a trabajadores
Sebastián Galeano, abogado laboralista colombiano destacado, alertó sobre el efecto de este cambio. De acuerdo a con el jurista, el citado parágrafo amenaza los costos asociados al trabajo dominical y también los relacionados con días feriados.
y agregó: “Si los empleadores comienzan a institucionalizar otro día, como el lunes, como descanso obligatorio, los trabajadores podrían perder hasta 11 festivos que tradicionalmente tenían reconocimiento con recargo salarial”.
Esta preocupación es compartida por el abogado Felipe Vargas, quien sostiene que este cambio normativo puede llevar a que las empresas, especialmente las que operan los fines de semana, opten por designar un día de menor actividad como día de descanso obligatorio.
“Si un trabajador labora un domingo, que ahora es un día laborable por no ser su día de descanso pactado, no tendría derecho a recargos dominicales; solo se aplicarían recargos si trabaja el día que se haya establecido como su descanso obligatorio”, explicó Vargas.

Esto puede suponer una estrategia empresarial para que las compañías escalonen los días de descanso de sus trabajadores durante la semana, lo que llevaría a una reducción en los pagos de recargos por trabajo en domingos o festivos, y posiblemente a la disminución de ingresos para los trabajadores.
En contraste con la expectativa original del Gobierno acerca de aumentar los recargos dominicales, la reforma aparentemente resulta en un efecto contrario.
A pesar del objetivo de adaptabilidad laboral que esta reforma busca, es evidente que surgen dudas sustanciales sobre sus efectos reales en los derechos laborales y las condiciones salariales en Colombia.

¿Por qué se podrían alterar los días de descanso obligatorio?
El cambio a los días de descanso, en la Ley 2466 de 2025, pretende dar más flexibilidad empresarial en sus esquemas de trabajo y en la gestión del personal, tratando de adaptarse a las tendencias laborales en constante evolución.
Sin embargo, esto entraña un posible riesgo de reducción de recargos salariales, provocando un debate sobre la eficacia y equidad de la reforma laboral. En última instancia, estas modificaciones subrayan la tensión entre la adaptabilidad empresarial y la protección de los derechos laborales.
Principales puntos de la reforma laboral
La reforma laboral sancionada en 2025 por el gobierno de Gustavo Petro incluye cambios estructurales en contratos, recargos, derechos de aprendizaje, jornada laboral y protección social. Estas modificaciones tienen un impacto potencial en más de 10 millones de trabajadores formales en Colombia.
Principales cambios de la reforma:
- Contratos a término indefinido
Se prioriza este tipo de contrato como norma general. Los contratos a término fijo ahora tienen una vigencia máxima de tres o cuatro años, tras los cuales deben convertirse en indefinidos. - Recargos dominicales y festivos al 100%: pasarán del 75% al 100% de manera gradual: 80% en 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027.
- Formalización de aprendices del SENA: sus contratos se homologan a laborales, con el 75% del salario mínimo en la fase teórica y el 100% en la práctica. Se imponen sanciones a las empresas que no los contraten.
- Subsidiar conectividad a teletrabajadores: se reemplaza el auxilio de transporte por un subsidio de conectividad (alrededor de 200.000 pesos) para quienes ganen hasta dos salarios mínimos.
- Protección laboral para plataformas digitales
Repartidores y conductores en apps como Rappi o Uber tendrán derechos formales: afiliación a seguridad social y libertad para trabajar con múltiples plataformas. - Formalización de madres comunitarias y manipuladoras de alimentos: el ICBF deberá vincularlas con contrato laboral, garantizando salud, pensión, cesantías y demás derechos.
- Protección frente a automatización: se establecerá una política pública para proteger sectores vulnerables al reemplazo por tecnologías.
- Protección al trabajo femenino rural: se formulará una política de apoyo para garantizar la remuneración del trabajo rural y de cuidado realizado por mujeres.
- Incentivo por uso de bicicleta: los trabajadores tienen la posibilidad de pactar con su empleador un día de descanso remunerado cada seis meses de labor por movilizarse en este medio de transporte.
De acuerdo con el Ejecutivo, esto busca promover la estabilidad laboral, la formalización y la justicia social. No obstante, hay inquietudes sobre su impacto en la competitividad empresarial, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, debido al aumento de costos laborales y nuevas obligaciones contractuales.
* Pulzo.com se escribe con Z
LO ÚLTIMO