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Escrito por:  Valeria Arias
Redactora     Ago 14, 2024 - 1:20 pm

Las normas de tránsito son internacionales, pero hay algunas regulaciones locales que permiten a los conductores utilizar algunas excepciones en ocasiones específicas. En Colombia hay claras determinaciones con respecto al semáforo en rojo y estas son las excepciones.

(Vea también: ¿Se puede girar a la derecha aunque el semáforo esté en rojo? Autoridades aclararon el tema)

En este tema es oportuno hacer aclaraciones, ya que en varias ocasiones es probable que los nuevos conductores escuchen excepciones que confunden y que provocan dudas. Una de estas es que, supuestamente, es que en las noches está permitido saltarse la luz roja.

¿Se puede pasar semáforo en rojo después de las 11:00 p. m. en Colombia?

No es cierto, en ningún apartado del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) se refiere a que esté permitido saltarse la señal luminosa en rojo en  estos casos.

La confusión pudo haberse originado ya que en otros países sí funciona de esta forma, pero en lo que respecta a Colombia, la norma es clara: no se puede y si lo hace, podría incurrir en una infracción de tránsito. Además, cabe recordar que las cámaras de fotomultas, que también detectan estas faltas, están encendidas las 24 horas.

¿Cuánto es la multa por pasarse un semáforo en rojo en Colombia?

Mediante el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, el cual estipula los montos, se determina que pasarse un semáforo en rojo amerita una multa tipo D, de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, que en 2024 representan 1’299.990 pesos.

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¿Cuándo es permitido pasar semáforo en rojo en Colombia?

En la ley que rige a los actores viales sí se contempla la posibilidad de que los conductores puedan saltarse la norma, únicamente cuando van a girar a la derecha.

El artículo 118, que habla de la simbología de las señales luminosas, estipula que “el giro a la derecha, cuando la luz está en rojo está permitido, respetando la prelación del peatón. La prohibición de este giro se indicará con señalización especial. Las autoridades de tránsito, en su jurisdicción, podrán autorizarlo”.

Cabe mencionar que también aplican excepciones para los vehículos de emergencia.

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