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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Oct 16, 2025 - 9:23 am
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica de Argentina (ANMAT) dio a conocer sobre la prohibición de varios productos de la misma marca por representar un riesgo en la salud de los consumidores.

De acuerdo con la entidad argentina, los alimentos de su más reciente alerta sanitaria carecen de registros sanitarios de establecimiento y de producto debidamente procesados por la autoridad competente. “El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N° 4738 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA; y solicitó a la DGHySA colaboración para investigar la procedencia de este producto, y demás productos de la misma marca“, se lee en el comunicado de la ANMAT.

(Lea: Prohíben aceite de oliva de reconocida marca por no cumplir con normativa)

¿Qué se sabe de los productos de la alerta?

La ANMAT informó en la Disposición 7558 de 2025 que se prohibía la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio de Argentina, y en las plataformas de venta en línea, varios productos de la marca Mami Keto. “La medida, que aplica para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, fue tomada luego de comprobar que carece de registros sanitarios de establecimiento y de producto, por lo que representa un riesgo para la salud de la población”.

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Los productos prohibidos fueron identificados como:

  • Pan premium keto y vegano, hecho con harina de almendras con mix de semillas – alimento saludable
  • Yogur griego natural
  • Pepas keto
  • Budín keto
  • Alfajor keto
  • Cookies keto
  • Crackers keto

“El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria de la Dirección de Legislación e Información Alimentaria para la Evaluación del Riesgo (DLEIAER) del INAL indicó que los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, y al artículo 13 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos apócrifos“, enfatizaron en la disposición.

La ANMAT dijo que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del Argentina. “Ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18.284”, aclararon.

Prohíben queso cremoso por ser un producto ilegal

El mes pasado, la ANMAT también dio a conocer que prohibía la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de un popular producto lácteo. “Se encuentra falsamente rotulado con números de registros inexistentes, por lo que representa un riesgo para la salud de la población”.

La medida, que aplica para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, fue tomada luego de comprobar que se trata de un producto ilegal”, se lee en el texto compartido por la ANMAT. El producto Queso Cremoso, marca Quesos y Lácteos La Agustina, carece de registros sanitarios de establecimiento y de producto.

En la Disposición 6693/2025 se explica que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria de la Dirección de Legislación e Información Alimentaria para la Evaluación del Riesgo (DLEIAER) del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) informó que el producto investigado utiliza autorizaciones sanitarias inexistentes y carece de registros propios.

(Vea también: Retiro masivo de varios tipos de arroz por posible presencia de piedras: “Riesgo de lesiones”)

¿Cómo funciona la normativa de Argentina para alimentos?

De acuerdo con el Decreto N° 4238/1968, la rotulación de un producto en el territorio argentino “es toda inscripción, leyenda, imagen o toda materia descriptiva o gráfica que se halle escrita, impresa, estarcida, marcada en relieve o hueco grabado o adherida al envase de un alimento”. La información surge asimismo de lo establecido en la Resolución Nº 36/93 GMC (Grupo Mercosur) que ya está incluida en el Código Alimentario Argentino.

En el rotulado se debe poder dar con la identificación del producto, la procedencia, la fecha de elaboración, fecha de vencimiento, y la composición, en caso de ser un producto elaborado. Esta es la información obligatoria que debe aparecer en los rótulos en el país suramericano:

  • Denominación de venta del alimento.
  • Lista de ingredientes.
  • Contenido neto.
  • Identificación del origen.
  • Identificación del lote.
  • Fecha de duración mínima.
  • Preparación e instrucciones de uso del alimento cuando corresponda.

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