Agosto fue un mes de noticias para el excongresista Álvaro Hernán Prada. El Congreso lo eligió como nuevo magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), sin embargo, hace una semana y media la Corte Suprema de Justicia lo llamó a juicio por el delito de soborno en actuación penal.

Esa fue una decisión de la Sala de Instrucción, la cual está conformada por siete magistrados. Sin embargo, la votación estuvo tan reñida que quedó cuatro a tres, y estás son las razones de quienes pensaron que el proceso penal no debía seguir.

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Antes de ahondar en las razones, debemos explicar la teoría del caso aceptada por la mayoría de la Sala de Instrucción. La hipótesis da cuenta de que Prada habría adelantado gestiones en Huila para que el exparamilitar Carlos López, alias ‘Caliche’, convenciera al testigo Juan Guillermo Monsalve de hablar contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez en procesos relacionados con el paramilitarismo.

Alias ‘Caliche’, al parecer, le habría enviado audios y chats a Monsalve en los cuales le decía que “un man muy grande” quería hablar con él a través suyo. Según la investigación de la alta corte, Prada supuestamente contactó a alias Caliche los días 21 y 22 de febrero de 2018.

En ese momento, la defensa del expresidente tenía el espacio para presentar ante la Corte Suprema de Justicia un recurso para que reconsiderara la orden que había dado de investigar a Uribe, en ese proceso particular.

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Al parecer, Prada habría buscado pruebas a favor del expresidente de manera urgente. Además, de intentar enlodar al congresista Iván Cepeda, opositor político de Uribe, la tesis del caso habla de que Prada hizo tales maniobras para obtener mayor rédito dentro del partido Centro Democrático. En concreto, que Prada buscaba ayudar desde lo judicial a Uribe, para que desde lo político ganara el exrepresentante huilense.

Con esa hipótesis, la mayoría de los magistrados de la Sala de Instrucción acusaron a Prada y lo enviaron a juicio. Quienes estuvieron en desacuerdo fueron los togados Héctor Javier Alarcón, Francisco Javier Farfán y Misael Fernando Rodríguez, quienes expidieron un salvamento de voto con una idea central: el proceso del excongresista uribista ni siquiera debería estar en poder de la Corte Suprema de Justicia.

“En desarrollo del plan delictivo, según la hipótesis que es objeto de averiguación, Prada le habría ofrecido a Monsalve Pineda, a través de alias ‘Caliche’, como contraprestación por colaborar en el caso de Uribe Vélez, gestionar su aceptación en la JEP, contratar para él un eficiente equipo de abogados defensores, procurarle mejores condiciones carcelarias y, eventualmente, su traslado al exterior. Dicho marco fáctico, así evaluado, no afectó ni interfirió de ninguna manera en las funciones que para entonces ejercía Álvaro Hernán Prada, como representante a la Cámara”, argumentaron los togados.

En síntesis, para Alarcón, Farfán y Rodríguez, aunque se compruebe la presunta responsabilidad de Prada en el asunto, no se podría configurar un abuso de las funciones como congresista. Es decir, que el puesto que Prada ocupaba en la Cámara de Representantes nada tiene que ver con la investigación. Y como esa alta corte se encarga de investigar y juzgar a ese tipo de aforados, pues la jurisdicción correcta para el caso es la ordinaria.

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“El solo hecho de ser una persona influyente en su región, lo cual por regla general es predicable de todos los miembros del Congreso, no implica que automáticamente y per se, como lo entiende equivocadamente la decisión mayoritaria, cualquier gestión ilícita adelantada supuestamente por un congresista se encuentre vinculada con las funciones congresuales, pues en algunas ocasiones, como en este caso concreto, la conducta estaría asociada a un posible abuso del cargo, no de la función”, concluyeron los magistrados. No obstante, el juicio sigue adelante contra el nuevo magistrado del CNE.