En un año, el 29 de octubre de 2023, los colombianos elegirán a los próximos mandatarios de las 32 gobernaciones y 1.103 alcaldías del país, así como 418 diputados, 12.063 concejales y 6.814 miembros de Juntas de Administradoras Locales. (JAL). Este lunes, en Tunja (Boyacá), durante la asamblea anual de la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales), la Registraduría instaló de manera oficial las elecciones regionales de 2023, en las que se espera la participación de unas 120.000 candidaturas.

El registrador Alexánder Vega anunció que para estos comicios se instalarán   12.817 puestos de votación (5.605 urbanos y 7.212 rurales), lo que significará un aumento de 1.227 puestos respecto a las elecciones locales de 2019. También será un aumento significativo de 554 puestos (431 urbanos y 123 rurales) frente a las elecciones legislativas y presidenciales de este año.

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También anunció Vega que la Registraduría instalará unas 120.000 mesas de votación, aunque advirtió que dicho número podría variar una vez cuando finalice la consolidación del censo electoral. Esto, debido a que solo así se conocerá la cantidad total de ciudadanos por cada mesa de votación, por lo que el número final se anunciará el próximo año.

Aunque el lanzamiento de las elecciones fue este lunes, en realidad el calendario electoral arrancó el pasado sábado 29 de octubre, cuando por un lado se abrió el registro de los comités de grupos significativos de ciudadanos y comités independientes promotores del voto en blanco, que se podrá realizar hasta el 29 de junio del 2023, y por otro se dio inicio a la inscripción de cédulas para la actualización de puestos de votación.

La inscripción de cédulas se podrá realizar hasta el 29 de agosto de 2023 y es un trámite exclusivo para aquellos ciudadanos que cambiaron su lugar de residencia o hayan regresado al país, así como los extranjeros residentes en Colombia que tengan mínimo cinco años residiendo en el país. Los extranjeros que quieran participar de los comicios deben tener la cédula de extranjería con categoría de residente vigente.

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¿Cómo hacer la inscripción de cédulas?

Para realizar este trámite, los interesados deben acercarse a cualquiera de las sedes de la Registraduría dispuestas en todo el país, o en los puestos de inscripción autorizados. Los horarios para realizar el trámite son de lunes a viernes, entre 8:00 a. m. y 4:00 p. m., y solo se puede completar presentando la cédula amarilla con hologramas, la cédula digital, en su versión física o desde el dispositivo móvil o la cédula de extranjería. Es decir, si la persona tiene contraseña, carné, libreta militar, licencia de conducción o denuncias de pérdida de documento no puede inscribir su cédula y debe tramitar una de las opciones habilitadas.

Quienes no conozcan aún su lugar de votación, y por tanto no sepan si deben hacer inscripción de cédula, pueden ingresar a la página web de la Registraduría, y luego dirigirse a la opción de “Consulte aquí su lugar de votación”Allí deben digitar el número de documento y conocer el puesto de votación.

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Las fechas clave del calendario electoral

Lo que viene en el calendario es el periodo para inscripción de candidatos y listas de candidatos, que se dará a partir del 29 de junio de 2023, cuatro meses antes de la elección. Esa inscripción tiene plazo de un mes, por lo que los movimientos y quienes deseen participar en las elecciones regionales podrán matricularse hasta el 29 de julio del próximo año. Luego, el 29 de julio de 2023, arranca la autorización para la promoción de propaganda electoral empleando el espacio público, que tienen como objetivo el periodo de campaña política. Sin embargo, solo hasta el 2 de agosto de 2023 inicia la propaganda a través de medios de comunicación social.

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El 31 de julio de 2023 inicia el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación, que irá hasta el 4 de agosto, para que dos días después: el 6 de agosto de 2023, la Registraduría publique el listado de candidatos de manera oficial. El plazo para la modificación de candidaturas revocadas por causas constitucionales, legales o por inhabilidad se vence el 29 de septiembre, aunque se podrá realizar hasta el 18 de octubre en caso de muerte o incapacidad permanente, la modificación de esas candidaturas.