La Corte pudo comprobar que la violencia sistemática contra los integrantes y los militantes de la Unión Patriótica, la cual perduró por más de 2 décadas y se extendió en la casi totalidad del territorio colombiano, se manifestó a través de actos de distinta naturaleza como desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros”, indicó el Tribunal.

(Vea también: Estado asumió parte de la responsabilidad por el exterminio de la Unión Patriótica)

Según la sentencia, los actos cometidos por el Estado “constituyeron parte de un plan de exterminio contra el partido político Unión Patriótica, sus miembros y militantes, los cuales contaron con la participación de agentes estatales, y con la tolerancia y aquiescencia de las autoridades, constituyendo un crimen de lesa humanidad”.

La UP se constituyó como organización política el 28 de mayo de 1985 como resultado de un proceso de Paz entre el Secretariado Nacional de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) y el gobierno colombiano, detalló la CorteI.

“Como consecuencia de su rápido ascenso en la política nacional y, en especial, en algunas regiones de tradicional presencia guerrillera, surgió una alianza entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública y de los grupos empresariales, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP”, agregó la sentencia.

La Corte, con sede en Costa Rica, notificó la sentencia a las partes y aclaró que valoró positivamente un reconocimiento parcial de responsabilidad hecho por el Estado, como una herramienta para el desarrollo del proceso, a la vigencia de los principios que inspiran la convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas.

El tribunal interamericano estableció que el Estado es responsable por la violación a los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la libertad de circulación y residencia, a los derechos del niño y a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, por las ejecuciones, desapariciones, torturas, detenciones arbitrarias, amenazas, hostigamientos y desplazamiento.

También fue vulnerada la libertad de expresión, la libertad de asociación y derechos políticos de las víctimas, ya que su actividad política fue obstaculizada por la violencia tanto física como simbólica en contra del partido que era calificado como un “enemigo interno”, detalló la Corte.

Lee También

Sanciones a Colombia por exterminio de la Unión Patriótica

En el fallo, la Corte ordenó al Estado “iniciar, impulsar, reabrir y continuar, en un plazo no mayor de 2 años, y concluir, en un plazo razonable y con la mayor diligencia, las investigaciones, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir”.

El Estado colombiano también deberá efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.

Otro punto de la resolución ordena al Estado establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la Unión Patriótica y efectuar actividades para su difusión, entre ellas en escuelas y colegios públicos, así como construir un monumento en memoria de las víctimas, y elaborar un documental audiovisual sobre la violencia y estigmatización contra la UP.

El Estado colombiano también deberá rendir un informe a la Corte en el cual acuerde con autoridades de la Unión Patriótica cuáles son los aspectos por mejorar o fortalecer en los mecanismos de protección existentes y cómo se implementarán, con el fin de garantizar la seguridad y protección de dirigentes, miembros y militantes de la agrupación.

Los jueces también ordenaron una serie de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales en favor de las víctimas y sus familias.

En video, así se celebró el fallo: