Este domingo, el presidente Gustavo Petro dio a conocer que eligió a Arturo Luna, biólogo sucreño con énfasis en biotecnología, microbiología, inmunología y bioquímica, para que lidere el Ministerio de Ciencias.

El nuevo ministro es también exbecario Fulbright (2011) y cuenta con un PhD en ciencias biomédicas de la Universidad de Tennessee, con entrenamiento posdoctoral en el Departamento de Farmacia Clínica y Ciencia Traslacional de dicha universidad. Aunado a ello, trabajó en el Ministerio de Ciencias con el Programa Nacional de Biotecnología.

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Lío de nuevo ministro de Ciencias

Pese a su vasta experiencia, según dio a conocer la periodista Paula Bolívar, de W Radio, Luna se posesionó en el cargo de Gestor en Ciencia y Tecnología sin cumplir los requisitos.

El documento en el que se solicitó la suspensión provisional de su nombramiento señala que la certificación presentada por Luna para acreditar su experiencia en University Of Tennesse Science Center no cumplió con lo dispuesto en la resolución que dice cómo apostillar y/o legalizar documentos.

Primero, alega que “no es posible evidenciar la fecha de expedición (numeral 6 del artículo 7 de la resolución 10547)”; segundo, dice que no cumplió con la cadena de legalización que incluye la traducción y apostilla (artículo noveno de la misma resolución).

“Resulta que los requisitos previstos en las normas acabadas de citar no fueron cumplidos respecto de la certificación de la University Of Tennesse Science Center […]. No existe la traducción oficial, ni la firma de un funcionario público del país en que se emitió, ni la firma del cónsul colombiano ni el de un país amigo, así como tampoco una descripción clara de las funciones desempeñadas que permitan constatar el cumplimiento de los requisitos de experiencia”, reza el documento.

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La apostilla es un sello que expiden los países que hacen parte del Convenio de La Haya y que facilita a los países reconocer la legalidad de los documentos para quienes pertenecen a este grupo. No presentarla no genera inhabilidad y tampoco incompatibilidad para asumir el cargo.