Fue por eso que la Corte, a través de la Sala de Casación Civil, advirtió que los padres que incumplan lo acordado en las conciliaciones o no hagan presencia en las terapias programadas por comisarios de familia, con el fin de resolver los problemas delante de sus hijos, “serán sancionados” económicamente.

La decisión del tribunal supremo parte del caso de una madre acusada de golpear a uno de sus hijos, motivo por el que una comisaría de familia en la localidad de Puente Aranda (Bogotá) impuso medida de protección a favor del menor, el pasado 19 de febrero de 2019, según comunicado de la Corte.

El fallo estipulaba que la madre debía “abstenerse de realizar cualquier acto de violencia, agresión, maltrato, amenaza u ofensa directa para con su hijo”, y dejaba claro que ni ella ni el padre podían tener “discusiones en presencia de su hijo”, y mucho menos involucrarlo en sus problemas de pareja.

Además de eso, la comisaría ordenó que los padres debían acudir a un proceso terapéutico para “controlar los impulsos agresivos”, y “asistir al curso pedagógico… sobre derechos de la niñez”.

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Pero la mujer incumplió la medida de protección que se le otorgó al niño, y según explica la Corte fue multada, el 29 de julio, con una suma equivalente a dos salarios mínimos mensuales.

Como la madre no hizo el pago ni asistió a las citas, la orden fue que esa multa “es convertible en arresto”, y de acuerdo con el tribunal la medida contempla tres días de cárcel por cada salario mínimo de sanción.

Así las cosas, la mujer demandó a la comisaría y alegó que no había pagado la multa “por encontrarse desempleada”, que recibía pocos ingresos familiares, que tiene dos hijos menores de edad y otros argumentos que no la salvaron de la sanción.

Esto, explica la Corte, porque la mujer incumplió con lo acordado y al parecer volvió a maltratar al menor, por lo que se ordenó enviarla a la Cárcel Distrital para que cumpla los seis días de arresto.