El alto tribunal tomó la decisión porque encontró que el artículo 7  de la ley 1922 de 2018, del Código de procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tenía vicios de procedimiento porque no se debatió en el Congreso, aseguró La FM.

La norma fue incluida en el Código, de acuerdo con Canal 1, con el argumento de que el Ministerio de Defensa tenía derecho a intervenir en los procesos de la JEP en los que estuvieran involucrados personas que fueron o hubiesen sido miembros de la Fuerza Militar.

No obstante, hubo una demanda contra ese punto, indicó la emisora, porque en ella no se limitaba hasta dónde podía intervenir el Gobierno lo que daría paso a “una intromisión indebida desproporcionada de una autoridad administrativa”.

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La cartera de Carlos Holmes Trujillo y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, señaló la frecuencia radial, le dijeron a la Corte que la intervención  del Mindefensa sería una “colaboración”, pues creen que los militares deben tener “el apoyo de la entidad bajo la cual estuvieron al mando”. Sin embargo, el alto tribunal no tuvo en cuenta esas declaraciones  e inhabilitó el artículo.

Cabe resaltar que Trujillo, excanciller, no ha cumplido ni un mes en el cargo de ministro de Defensa, al que llegó cuando Guillermo Botero, entre grandes controversias, dejó el puesto.

Hasta ahora, Trujillo no ha tenido traspiés en su gestión más allá de la responsabilidad que indirectamente tiene su cartera por el actuar de la Fuerza Pública en medio de las manifestaciones nacionales.

No obstante, este es el primer golpe que recibe el ministerio de Defensa, con él como jefe.