Por: CENET

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 11, 2026 - 5:48 am
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El Gobierno nacional adoptó una decisión excepcional frente al impacto que dejó el terremoto del 10 de agosto en el sistema educativo de varias regiones del país. De acuerdo con el Decreto Legislativo 1387, expedido durante el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, se suspende transitoriamente una de las reglas de distribución de recursos para educación que suele aplicarse de manera estricta en condiciones ordinarias. Esta medida afecta específicamente a las entidades territoriales de las zonas más golpeadas por el desastre natural, buscando que no se vean perjudicadas en el acceso a recursos necesarios para mantener los servicios educativos.

El decreto adiciona un parágrafo al artículo 16 de la Ley 715 de 2001. La medida implica la suspensión, exclusivamente para la vigencia 2026, del inciso tercero del numeral 16.1.2 en lo referido a los resultados de la auditoría sobre la matrícula registrada en el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT). En la práctica, esto significa que si una entidad territorial, debido a fallas en la información reportada, recibió más dinero del que le correspondía, normalmente se le recortaría su asignación siguiente o se descontaría el excedente. Sin embargo, ahora esa consecuencia no se aplicará si las deficiencias en el proceso de auditoría pueden ser atribuidas directamente a las dificultades causadas por el terremoto.

Las causas de estos problemas van desde la destrucción o inhabilitación de sedes educativas, pasando por la pérdida de conectividad y acceso a los sistemas de información, hasta alteraciones en la permanencia de los estudiantes. De acuerdo con el Ministerio de Educación, se registraron 5.309 sedes educativas dañadas en 423 municipios de 47 Entidades Territoriales Certificadas en Educación, con una matrícula total de 1.147.369 estudiantes afectada, basándose en reportes recogidos en el SIMAT y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

El Ministerio de Educación sigue haciendo la auditoría habitual de la información de matrícula en el SIMAT, sistema clave para definir la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP). Cuando se encuentran registros sin respaldo adecuado, en tiempos normales, estos generan ajustes y eventualmente reducciones en los recursos recibidos por las entidades territoriales. El Decreto 1387 establece que la excepción solo opera para registros que, por causa del terremoto, no pudieron ser soportados, pero no libera a las entidades de sus obligaciones de reporte ni protege registros inexistentes, duplicados o fraudulentos.

Para acceder a la suspensión, las entidades deben demostrar de manera objetiva y con documentación verificable que el terremoto incidió sobre su capacidad para llevar la matrícula o prestar el servicio educativo. No se trata de una medida automática ni generalizada, sino que el Ministerio de Educación evaluará cada caso, tras recibir la solicitud y documentos probatorios. Así, se busca evitar que la emergencia natural implique perjuicios adicionales por recortes económicos en un momento crítico, manteniendo control y verificación sobre la información suministrada.

¿Qué requisitos debe cumplir una entidad territorial para beneficiarse del Decreto 1387?

Para acceder a la suspensión de la norma, la Entidad Territorial Certificada en Educación debe encontrarse en la zona declarada en emergencia, presentar una solicitud expresa y aportar evidencia verificable de que el terremoto del 10 de agosto tuvo un impacto directo en la prestación del servicio educativo o en los procesos de matrícula. El Ministerio de Educación evalúa caso por caso con base en la documentación presentada.

¿Qué es el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT) y por qué es importante en la distribución de recursos?

El Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT) es la plataforma oficial empleada por el Ministerio de Educación para registrar, actualizar y verificar la matrícula estudiantil a nivel nacional. La información recogida por SIMAT es fundamental porque determina cuántos estudiantes atiende cada entidad territorial y sirve de base para calcular la asignación de recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, asegurando la distribución justa de fondos hacia el sector educativo.

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