El Juez 24 Penal del Circuito de Bogotá con funciones de conocimiento acogió los argumentos expuestos por la Procuraduría y revocó la libertad otorgada a 5 presuntos integrantes de las disidencias de las Farc, a quienes se les concedió ese beneficio por un posible vencimiento de términos en el proceso.

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El fallo de segunda instancia fue adoptado al resolver un recurso de apelación presentado por la Procuradora 181 Judicial Penal II de Bogotá, en desarrollo de su función de intervención, quien señaló que las disidencias de las Farc cumplen con las características para ser consideradas como un Grupo Armado Organizado (GAO).

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La Fiscalía además cuenta con la facultad para calificar a quienes pertenecen a esa clase de organizaciones ilegales, concepto que está ampliamente definido tanto en el ordenamiento jurídico como en el derecho internacional.

Con relación al vencimiento de los términos señaló que estos no se han vencido, teniendo en cuenta los tiempos señalados para investigar a integrantes de esas agrupaciones, y porque además varios de los aplazamientos concedidos durante las audiencias eran atribuibles a la defensa de los procesados.

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Por su parte, el juez señaló que, una vez analizado el desarrollo de la actuación penal, los términos de esta no estaban vencidos tal como lo argumentó el Ministerio Público, a la vez que sostuvo que a los acusados les asiste el derecho de disponer de un tiempo razonable y de medios adecuados para la preparación de su defensa.

Por esa razón, revocó la libertad concedida a los cinco investigados y ordenó al Centro de Servicios Judiciales de Bogotá emitir las respectivas boletas de encarcelamiento. La decisión también había sido apelada por la Fiscalía.

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La decisión afectó a Jaime Hernando Olarte Torres, Víctor Hugo Ruiz Herrera, Yeison Manyíber Franco Sánchez, David Rabelo Gutiérrez y Yeiner Avendaño Bohórquez, señalados de pertenecer, presuntamente, a ese grupo armado organizado (GAO) y concertarse para realizar actividades ilícitas.