Sin embargo, su familia no había podido visitarlo en la capital de Santander por falta de recursos, y solo preguntó por él hasta 2008, cuando se enteró de que había muerto 15 años atrás, informó Noticias Uno.

Pero para estupor de los parientes del hombre, el Inpec no supo dar razón del lugar donde reposaban sus restos, por lo que la familia instauró una demanda por daños y perjuicios, que fue rechazada en un primer término, detalla el noticiero.

Este año, prosigue ese medio, el Consejo de Estado le dio la razón a la familia y determinó que “el INPEC violó sus derechos a la libertad de cultos, pues no se les permitió darle sepultura por el rito religioso que profesan”.

Es por esto que, según ese tribunal, el instituto penitenciario deberá “adelantar las indagaciones y gestiones correspondientes para encontrar el lugar en el que está el cadáver del interno, con el fin de que sea entregado a sus familiares”, señaló Noticias Uno.

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Además, la sentencia es clara al mostrar su sorpresa sobre la negligencia del Inpec:

“A pesar de que (el Inpec) contaba con datos que le permitían averiguar la ubicación de la familia del señor, no demostró haber adelantado alguna actuación para notificarles de su deceso y hacerles entrega del cadáver”