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Este artículo fue curado por pulzo   Dic 25, 2025 - 5:51 pm
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El alcalde de Supía, municipio ubicado en el departamento de Caldas, Héctor Mauricio Torres, publicó un documento oficial que establece una modificación temporal de los horarios de funcionamiento para restaurantes, discotecas, bares y tiendas durante el cierre del año y el inicio del siguiente. Esta decisión busca fortalecer el desarrollo integral del comercio en la localidad durante una temporada caracterizada por significativos movimientos económicos y sociales. Así, el objetivo primordial de la medida es armonizar la actividad económica con el orden público y la sana convivencia ciudadana, elementos esenciales para cualquier municipio, según destacó el mismo mandatario en el comunicado.

La norma anunciada señala que desde el jueves 25 de diciembre hasta el jueves 1 de enero de 2026, los establecimientos mencionados tendrán horarios especiales. Según el decreto, el funcionamiento de estos lugares se permitirá de la siguiente manera: el jueves 25 de diciembre y el jueves 1 de enero, se podrá operar hasta las 4:00 de la mañana; en las demás fechas comprendidas —del viernes 26 al lunes 29 de diciembre y el domingo 28—, la actividad estará autorizada hasta las 3:00 de la mañana. Esta diferenciación responde, de acuerdo con el documento, a la especial connotación de las festividades y a la necesidad de facilitar el flujo comercial sin perder de vista la importancia de la seguridad.

Es fundamental señalar que la aplicación de estos horarios no implica que los propietarios de los negocios queden liberados del cumplimiento de otras normativas. De acuerdo con lo consignado en el decreto, las obligaciones adicionales incluyen el control de los niveles de ruido, la prohibición estricta de vender bebidas alcohólicas a menores de edad, el respeto riguroso al espacio público y la observación de las normas sanitarias vigentes. Este conjunto de condiciones busca prevenir situaciones adversas que puedan afectar tanto la salubridad como la tranquilidad de los habitantes y visitantes de Supía.

La vigilancia del cumplimiento de estas disposiciones recae en la Inspección de Policía local y en la estación de Policía de Supía, que contarán con atribuciones específicas para verificar que no se sobrepasen los horarios ni se infrinjan otros aspectos normativos. De acuerdo con el decreto, todo incumplimiento acarreará sanciones estipuladas en la Ley 1801 del 2016, legislación nacional que regula el comportamiento ciudadano y las medidas correctivas en Colombia. Con esta regulación, la administración municipal intenta asegurar festejos ordenados y responsables, sin evadir el marco legal vigente.

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¿Qué implica la Ley 1801 del 2016 en estas regulaciones temporales?

La Ley 1801 del 2016, también conocida como Código Nacional de Policía y Convivencia, es la normativa que establece pautas para el comportamiento ciudadano y el funcionamiento de establecimientos abiertos al público en Colombia. Esta ley determina las sanciones y procedimientos que deben aplicarse en caso de infracciones relacionadas con el orden público, contaminación auditiva, venta de licor a menores y uso indebido del espacio público, entre otros aspectos.

La mención expresa de esta ley en el decreto municipal de Supía resalta la intención de las autoridades de hacer cumplir de manera estricta tanto los horarios como las demás obligaciones legales durante las festividades. De esta manera, se busca prevenir situaciones que generen alteraciones a la convivencia y mantener el equilibrio entre la vida nocturna, la seguridad y el bienestar colectivo. ¿Hasta qué punto puede una norma temporal modificar la dinámica comercial y social de un municipio en temporadas festivas?


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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