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Este artículo fue curado por David Aponte   Dic 24, 2025 - 6:46 pm
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Las Pruebas Saber 11 constituyen uno de los requisitos académicos fundamentales para que cientos de estudiantes en Colombia culminen satisfactoriamente la educación media y puedan acceder a procesos posteriores de formación. No obstante, la presentación de este examen implica un costo económico que, para determinados sectores de la población, representa una barrera de acceso.

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Con el propósito de reducir esta limitación, la Ley 2156 de 2021 estableció la exención del pago de la tarifa de inscripción para algunos estudiantes, como parte de una política orientada a garantizar condiciones más equitativas en el sistema educativo.

En ese sentido, la normativa contempla que los estudiantes reconocidos oficialmente como víctimas de la violencia puedan presentar las Pruebas Saber 11 sin asumir el valor correspondiente a la inscripción. Esta medida busca materializar el derecho fundamental a la educación mediante un mecanismo concreto que permita a poblaciones en situación de vulnerabilidad cumplir con este requisito académico, siempre y cuando se ajusten a los criterios definidos por la reglamentación vigente.

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La exención está dirigida a estudiantes menores de 21 años que se encuentren incluidos en el Registro Único de Víctimas (RUV) y que, de manera adicional, estén clasificados en los grupos A, B o C del Sisbén IV, o en el instrumento de focalización social que lo sustituya. El beneficio se otorgará por una única vez, con el objetivo de garantizar un uso equitativo de los recursos públicos y evitar la duplicación de apoyos para un mismo beneficiario.

Foto de estudiantes / Ministerio de Educación
Foto de estudiantes / Ministerio de Educación

¿Cómo se implementará este beneficio a los estudiantes?

Para asegurar una implementación adecuada, el esquema previsto contempla la articulación entre distintas entidades del orden nacional. El Ministerio de Educación Nacional asumiría la coordinación general del proceso, mientras que el Departamento Nacional de Planeación, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) serían responsables del intercambio de información a través de plataformas oficiales. Entre estas se encuentran el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT), el Registro Único de Víctimas y las bases de datos de caracterización socioeconómica vigentes. Este flujo de información deberá cumplir criterios de calidad, oportunidad y protección de datos personales, conforme a la normatividad sobre habeas data.

Desde el punto de vista operativo, el Icfes tendrá la función de verificar que el aspirante no haya accedido con anterioridad a la exención y de realizar los ajustes necesarios en sus sistemas tecnológicos para permitir la inscripción al examen sin generar cobros. De manera complementaria, el Gobierno nacional deberá garantizar la apropiación de los recursos requeridos para cubrir el costo de las exenciones, con el fin de asegurar la sostenibilidad financiera de la medida.

Una vez finalizado el trámite normativo y publicada la modificación correspondiente al decreto reglamentario, la exención entrará en vigencia. A partir de ese momento, el beneficio se aplicará de forma directa durante el proceso ordinario de inscripción a las Pruebas Saber 11.

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