El lunes 18 de julio, el Tribunal respondió a una demanda contra la Registraduría que buscaba que esta última certificara formalmente las firmas en la revocatoria del alcalde de Medellín.

La Registraduría no había seguido con el proceso debido a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) faltaba por emitir su concepto. Sin embargo, el nuevo fallo ordenó que el organismo electoral tendrá 8 días para certificar las firmas sin importar las actuaciones del CNE.

Si la certificación se lleva a cabo, la entidad al mando de Alexander Vega, debe cumplir lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 1757 de 2015 y notificar al presidente de la República para que se celebre la votación. 

La decisión del Tribunal es de primera instancia, lo cual significa que los damnificados podrán apelar el fallo y llevarlo al Consejo de Estado. Si este no lo revoca, habrá plazo hasta el 31 de diciembre para convocar a la votación.

Para que la revocatoria se efectúe, el 40 % de los votantes de la elección que ganó Quintero deben votar ‘sí’. La cantidad de votos necesarios sería de 313.528.

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Con el número de votos cumplidos, el mandato de Quintero terminaría y el presidente debería nombrar a un alcalde encargado. 

Cabe resaltar que la aprobación del alcalde de Medellín para el mes de junio fue del 52 % y su desaprobación del 42 %, según Invamer. Estos números han mostrado un aumento en la favorabilidad del mandatario.