La medida fue tomada por la Alcaldía para conocer el número de vehículos y personas que trabajan en el sector de la mensajería y domicilios en Bogotá, destacó la Secretaría de Movilidad.

Con esto, asegura la entidad, se busca garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud, entre ellos, el registro del personal de servicios de domicilios, para el seguimiento de contagios con coronavirus.

Las empresas que presten servicios de mensajería o domicilios deberán inscribir sus vehículos de trabajo al correo controltransitoytransporte@movilidadbogota.gov.co para poder circular en la capital de la República.

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Los que se quieran inscribir deben anexar el nombre y razón social de la empresa, la placa del vehículo o de los vehículos vinculados a la compañía, el tipo de vehículo, los nombres de los conductores a cargo y sus respectivas identificaciones.

Además, destaca la Secretaría, para entregar domicilios, los vehículos deben tener una licencia de tránsito o tarjeta de propiedad que especifique el uso de transporte de carga o mixto.

De otro lado, las bicicletas y motos deben tener el habitáculo para el transporte de mercancías y no deben llevar cargas sobredimensionadas.

La Secretaría fue enfática en que los mensajeros o domiciliarios que no cumplan con la medida serán sancionados con una multa de tránsito; además, su vehículo podrá ser inmovilizado.

De acuerdo con la Secretaría, “conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito” tendrá una multa de 877.800 pesos.

Así mismo, “transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente” podrá costar 438.900 pesos.